Este XVI Informe insiste en la línea de trabajo prioritaria para la FIO, la protección de los derechos económicos, sociales y culturales, y en especial del disfrute de estos por los colectivos en situación de vulnerabilidad. Resulta persistente la gravedad del problema de la vivienda en la región y cada vez existe mayor acuerdo en afirmar que el principio básico de universalidad de los derechos humanos no se verá cumplido mientras persistan tan radicales diferencias en el disfrute de la vivienda entre unos y otros habitantes del mismo país y entre unos y otros países. El análisis de la temática de la vivienda se realiza desde la perspectiva de los derechos humanos, teniendo en cuenta que las Defensorías no sólo prestan atención a los derechos, en el sentido estricto del término (derechos subjetivos o intereses individuales justiciables), sino también a los mandatos a los poderes públicos que, aunque no se configuran como derechos propiamente dichos, se encuentran también al servicio de la dignidad de la persona (carácter objetivo de los derechos).
No hay derechos sin obligaciones y la actuación típica del Ombudsman radica en el control (más persuasivo que coactivo) del poder público. Tras la exposición del marco jurídico general e institucional, se describe la normativa aplicable en Iberoamérica sobre la materia. La configuración de derechos de prestación como auténticos derechos ocupa en nuestro análisis un lugar primordial.
Por último, como también es habitual en la FIO, el Informe hace especial hincapié en la problemática de las garantías, incluyendo una apuesta por la eficacia de procedimientos de control, tanto en la vía administrativa como judicial, sin olvidar la importancia de las labores de promoción, en coordinación con la sociedad civil. Una vez más, la FIO hace suyo el clásico aserto de que no hay derechos propiamente dichos sin garantías eficaces de los mismos.