Segunda Cumbre Iberoaméricana Migración y Derechos Humanos

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Segunda Cumbre Iberoamericana sobre Derechos Humanos, Migrantes y Trata de Personas

Mayo de 2017, Ciudad de México

Nota Conceptual

A 25 años de la adopción de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 18 de diciembre de 1990, es necesario reflexionar sobre el rol estratégico que puede desempeñar la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO) para impulsar en Iberoamérica la protección de los derechos humanos de los migrantes.

Resulta necesario considerar la situación de vulnerabilidad por la que atraviesan las personas que se encuentran en contexto de migración, así como los abusos a los que están expuestos, o de los que han sido, o son víctimas. Por ello, es menester partir en todos los casos, de un enfoque integral, humanitario y de no criminalización de la migración no documentada.

Los estándares internacionales de protección de los derechos humanos de las personas en situación de migración exigen, de las Instituciones Nacionales de Protección de los Derechos Humanos, esfuerzos encaminados a prevenir y disminuir la violencia que sufren estas personas, así como promover la efectiva protección de sus derechos.

En cumplimiento con la legislación nacional e internacional, los Estados tienen la obligación de respetar y garantizar los derechos humanos, independientemente del estatus migratorio de las personas, como ha sido reconocido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su Opinión Consultiva número 18, sobre la condición jurídica y derechos de los migrantes en situación irregular. Por esa razón, las Instituciones de Derechos Humanos miembros de la FIO deben vigilar que la migración no sea criminalizada por los Estados.

Un tema de especial preocupación es la niñez migrante no acompañada. Por ello, es necesario que las Instituciones de Derechos Humanos en Iberoamérica promuevan que las autoridades observen lo dispuesto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su Opinión Consultiva número 21, sobre los derechos y garantías de niñas, niños y adolescentes en el contexto de migración y/o en necesidad de protección internacional, a fin de que prioricen el enfoque de los derechos humanos desde una perspectiva que tenga en cuenta, en forma transversal, los derechos de niñas, niños y adolescentes y, en particular, su protección y desarrollo integral, los cuales deben prevalecer sobre cualquier consideración de nacionalidad o estatus migratorio, a fin de asegurar la plena vigencia de sus derechos.

En  este  sentido,  será  tarea  de  los  trabajos  de  la  Segunda  Cumbre  Iberoamericana

“Migración y derechos Humanos – una nueva mirada”, dar seguimiento a los compromisos adoptados en la Declaración de Bogotá, producto de los trabajos de la Primera Cumbre, así como a la Declaración de Nueva York sobre refugiados y migrantes, aprobada en la Reunión de Alto Nivel de Naciones Unidas sobre el tema el pasado 19 de septiembre de 2016, y que reitera el compromiso de la comunidad internacional con los derechos y la protección de esas personas.

En la declaración, 193 Estados reconocen una responsabilidad compartida para gestionar grandes movimientos de refugiados y migrantes de forma humana, sensible, compasiva y centrada en la gente, y se comprometen a abordar las causas de estos desplazamientos masivos de población. Asimismo, condenan los actos y manifestaciones de racismo, discriminación racial y xenofobia contra refugiados y migrantes y los estereotipos que a menudo se les asignan.

La Segunda Cumbre abordará esta problemática a través de mesas abiertas sobre buenas prácticas y acciones concretas, orientadas en las cuatro fases del proceso de la migración, como son origen, tránsito, destino y retorno.

Por ello, su objetivo principal será establecer un Plan de Acción para la coordinación interinstitucional de protección de los derechos humanos en procesos migratorios, que incluirá:

  • 1) Construcción de un Protocolo de Actuación;
  • 2) Creación de una Base de datos;
  • 3) Capacitación a peritos;
  • 4) Capacitación a miembros de ONG que trabajan sobre el tema;
  • 5) Generación de estadísticas sobre la criminalización de la migración;
  • 6) Acceso a la información sobre migrantes y,
  • 7) Facilitación del uso de la tecnología a los migrantes.

Lo anterior permitirá:

  • Visibilizar que la migración no es una dinámica que atañe de manera exclusiva a la jurisdicción interna de los Estados, sino que es una problemática que requiere de un abordaje holístico de derechos humanos.
  • Adelantar las acciones que sean necesarias para que, dentro del ordenamiento jurídico, se incorporen los principios internacionales de derechos humanos, que no criminalicen la migración y reconozcan la trata de personas como crimen de lesa humanidad en los términos del Estatuto de Roma.
  • Tener en cuenta, asimismo, la especificidad del fenómeno migratorio de personas de los pueblos originarios como así también la niñez migrante sin acompañamiento y de su situación de vulnerabilidad.

Finalmente, los trabajos de esta Cumbre Iberoamericana deberán de ir en concordancia con la realización de la Agenda 2030 de Objetivos de Desarrollo Sostenible que reconoce a los migrantes como sujetos de derechos y aliados indispensables para el desarrollo de los países de destino y origen, por lo que la FIO debe trabajar activamente e incidir en la consecución de la Meta 10.7 de la Agenda, que se refiere a “Facilitar la migración y la movilidad ordenadas, seguras, regulares y responsables de las personas, incluso mediante la aplicación de políticas migratorias planificadas y bien gestionadas”.

Más información: http://segundacumbrefio.cndh.org.mx/