PUEBLA: La CDH emite la Recomendación número 24/2014 en contra del presidente municipal de Ajalpan

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla emitió la Recomendación número 24/2014 en contra del presidente municipal de Ajalpan por presuntas violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la integridad y a la seguridad personal en agravio de tres menores de edad por parte de elementos de la policía auxiliar de la comunidad de Coxolico.

Para la CDH Puebla quedó acreditado después de un análisis lógico-jurídico de los hechos y evidencias que integran el expediente 8161/2013-I, que los elementos de la policía auxiliar de Coxolico el pasado 11 de junio de 2013 a las 21:45 horas, cuando los quejosos se encontraban en el Centro de Salud ubicado en dicha junta auxiliar en espera de conocer el estado de salud de una menor de edad perteneciente al albergue «Casa del Estudiante», llegaron los elementos de seguridad y los rociaron con gas lacrimógeno en el rostro, sin causa aparente.

Como parte de las indagatorias se corroboró que dichos servidores públicos corrieron e ingresaron al Centro de Capacitación y Desarrollo que se ubica frente al Centro de Salud y desde una de las ventas los agredieron verbalmente.

Derivado de estos actos la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, emite los siguientes puntos recomendatorios: primero, que se instruya a quien corresponda, se tomen las medidas necesarias para reparar los daños físicos ocasionados en contra de los menores de edad, derivados de las afectaciones a la integridad de su salud; segundo, que de continuar en funciones en la actual administración el elemento de la Policía de la Junta Auxiliar que roció gas lacrimógeno a los integrantes del Albergue sea instruido por escrito a fin de que se abstenga de realizar actos u omisiones que atenten contra los derechos humanos de las personas.

Tercero, se brinde a los elementos de la policía de la Junta Auxiliar de Coxolico, capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos establecidos en la legislación local, nacional e internacional, principalmente los relacionados con la seguridad jurídica, legalidad e integridad y seguridad personal; cuarto, se instruya por escrito al presidente de la Junta Auxiliar de Coxolico que en lo sucesivo dé cumplimiento a las solicitudes de informe que este organismo protector de los derechos humanos le solicite; quinto, que las autoridades colaboren ampliamente con la Comisión para el trámite de la queja que se promueva ante la Contraloría Municipal de Ajalpan, en contra de los policías agresores.

Como sexto punto recomendatorio se pide la colaboración con la CDH Puebla en el trámite de la queja que promueva ante la Contraloría Municipal de Ajalpan en contra del presidente de la Junta Auxiliar de Coxolico por las omisiones en las que pudo incurrir al no haber dado puntual cumplimiento a los requerimientos de informes solicitados por este organismo.

Y séptimo, se pide la colaboración con este organismo para el trámite de la denuncia que presente ante la Agencia del Ministerio Público que corresponda, en contra del elemento de la Policía de la Junta Auxiliar de Coxolico, que roció gas lacrimógeno a los menores de edad, por tener relación con los hechos que dieron origen a la presente Recomendación.

 

FUENTE: Comisión Estatal de Defensa de los Derechos Humanos de Puebla