PUEBLA: Emite la CDHEP recomendaciones 12/2012 y 13/2012

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDHEP), emitió su recomendación 12/2012, dirigida a la Procuraduría General de Justicia, por las lesiones provocadas con arma de fuego a una persona, por elementos de la Policía Ministerial del Estado, adscritos al municipio de Ciudad Serdán, Puebla.

De acuerdo a lo narrado por el quejoso, un elemento de la Policía Ministerial le disparó en cinco ocasiones, dos fueron al aire y tres impactaron en él, provocándole heridas en el codo, tobillo y cuello; actuar que no se justifica, ya que no existe evidencia que esta persona se encontrara armada ni representara un peligro inminente para el servidor público.

Del análisis realizado a las pruebas presentadas, la CDHEP determinó que los policías excedieron el uso de la fuerza pública al momento de ejercer una orden de aprehensión, situación que violentó los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la integridad y seguridad personal reconocidos en los artículos 1, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 7 de la Constitución Política del Estado de Puebla.

Al concluir con la investigación realizada, la CDHEP instruye se tomen las medidas necesarias para reparar el daño ocasionado a la persona lesionada, mediante la atención médica y rehabilitación que requiera, por las lesiones que se le ocasionaron, derivadas de los hechos del 18 de mayo de 2011.

Asimismo se solicita a la Visitaduría General de la Procuraduría General de Justicia del Estado, para que determine iniciar formal procedimiento administrativo de investigación, en contra de los elementos de la Policía Ministerial que participaron en los hechos.

Se brinde a los integrantes de la corporación de la Policía Ministerial del Estado, capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos con el fin de evitar actos que vulneren los derechos fundamentales de la ciudadanía.

Es necesario, además, llevar a cabo una revisión y actualización a los programas de capacitación de la Policía Ministerial, particularmente respecto del uso de las armas en ejercicio de sus funciones, para que posteriormente se capacite y evalúe a los elementos de esa corporación, sobre el uso de la fuerza y del manejo de armas de fuego, asignadas para desempeñar sus funciones.

Por último se solicita que el agente del Ministerio Público adscrito a la Dirección General para la Atención de los Delitos Relacionados con Servidores Públicos, que tiene a cargo la integración de la averiguación previa en agravio del quejoso, de continuidad a la misma y en su momento determine lo que conforme a derecho corresponda.

Recomendación 13/2012 dirigida al Presidente Municipal de Tlatlauquitepec

La recomendación se emitió por las violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la legalidad, de una persona que fue detenida por elementos de la Policía Municipal de Tlatlauquitepec quienes no lo presentaron ante la autoridad correspondiente.

De la investigación y las pruebas recabadas por personal adscrito a la CDHEP, se detectó que la persona asegurada por una infracción administrativa de tala de árboles, fue presentada ante el juez Menor de lo Civil y de Defensa Social, quien no es la autoridad competente para conocer de infracciones al Bando de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Tlatlauquitepec, Puebla, ni mucho menos el facultado para ordenar el cobro de multas por tal motivo.

Cabe destacar que al detenido le solicitaron el pago de una multa de dos mil quinientos pesos, de los cuales pagó mil quinientos, sin haber recibido un recibo que acreditara dicho pago; además le quitaron una motosierra, lo cual no está estipulado en el Bando de Policía y Buen Gobierno de Tlatlauquitepec.

Es por ello que la CDHEP, recomendó al Presidente Municipal de Tlatlauquitepec, instruya a quien corresponda, la devolución de mil quinientos pesos al quejoso, debiendo acreditar ante este organismo su debido cumplimiento.

Ordene por escrito a los elementos de la Policía Municipal Preventiva relacionados con los hechos, se abstengan de realizar aseguramientos y detenciones que no se encuentren debidamente motivados y fundados en los ordenamientos legales.

De vista al contralor municipal para que determine conforme a derecho iniciar formal procedimiento administrativo de investigación en contra del comandante de la Policía Municipal Preventiva, así como de los elementos de esa corporación que intervinieron en los hechos.

Se proporcione capacitación en materia de derechos humanos y seguridad jurídica, a los elementos de la Policía Municipal, así como al regidor de Gobernación, Justicia y Seguridad Pública, del municipio de Tlatlauquitepec, Puebla.

Por último se solicita dar vista al magistrado presidente del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, respecto del actuar del encargado del Juzgado Menor de lo Civil y de Defensa Social del Municipio de Tlatlauquitepec, Puebla, respecto a su intervención en los hechos, a fin de que en el ámbito de su competencia determine lo que en derecho proceda.

FUENTE: Comisión Estatal de Defensa de los Derechos Humanos de Puebla