MICHOACÁN: Autoridades del ayuntamiento de Lázaro Cárdenas, responsables de múltiples violaciones a Derechos Humanos

Autoridades de Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas, incluidos el propio Presidente Municipal, el Síndico y el cuerpo policiaco encargado de la seguridad pública en el municipio, violentan sistemáticamente los derechos humanos, según consta en archivos de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), organismo que ha emitido diversas recomendaciones relacionadas con actos violatorios.

 


Las ocho recomendaciones más recientes se refieren a las quejas presentadas por Carmen Morales Mesa y María Isabel Valenzuela Mijares; por el señor José Madronio Vargas Herrera; Yamel Agueros Alcaide; Sergio Godínez Rodríguez; Miguel Ángel Cortés Izazaga; Elodia Meza Martínez; Alfredo León Galindo y, Héctor Manuel Torres Díaz.

Los afectados acusan a elementos de la policía municipal de ejercicio indebido del servicio público,  violación al derecho de la legalidad y detención arbitraria, mientras que al Alcalde y al Síndico Municipal se les imputa la violación al derecho de petición, violación al derecho a la integridad y seguridad personal, lesiones y ejercicio indebido del servicio público.

Una vez que la CEDH realizó las investigaciones de ley sobre los casos presentados en la Visitaduría Regional de Lázaro Cárdenas, turnó las recomendaciones 043/09, 052/09, 070/09, 074/09,  097/09, 114/09, 129/09 y 023/10  al Presidente Municipal, en las que se le encomienda girar instrucciones a todas las autoridades municipales para que den cumplimiento, en tiempo y forma, a las peticiones que conforme a derecho solicita el organismo; y con ello coadyuvar en el cumplimiento de salvaguardar los derechos fundamentales de los ciudadanos.

De acuerdo a los registros que obran en poder de la Dirección de Orientación Legal, Quejas y Seguimiento de la propia CEDH, las recomendaciones en cuestión no fueron cumplidas, o en su defecto han sido cumplidas parcialmente, por lo que se procede a su publicación, en apego al artículo 102 de la ley del organismo.

 

FUENTE: Comisión Estatal de Derechos Humanos de Michoacán