MÉXICO D.F.: Emite CDHDF su Recomendación 11/2013, dirigida a la Jefatura Delegacional en Tláhuac

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) emitió la Recomendación 11/2013, dirigida a la Jefatura Delegacional en Tláhuac, al acreditar la violación a los derechos humanos de las personas que habitan en el Barrio La Asunción y de las que acuden a la Feria Anual de San Pedro Apóstol, celebrada en los últimos días del mes de junio y en los primeros de julio.

De acuerdo con el resultado de sus investigaciones, la CDHDF observó la vulneración al Principio de legalidad y al derecho a un nivel de vida adecuado y a un medio ambiente sano, de las personas que viven en el Barrio La Asunción, afectadas por la Feria que se realiza en la explanada delegacional, sin la adecuada organización por parte de la autoridades de esa demarcación.

La CDHDF actuó con base en una queja presentada por escrito, en contra de servidores públicos de la Delegación Tláhuac, por parte de peticionarios que consideraron violados sus derechos humanos, en razón de que la mencionada Feria genera molestias, incomodidad y malestar en los vecinos, por el volumen de basura que se genera, por la ausencia de módulos de sanidad portátil y la contaminación ambiental, visual y auditiva, la venta de bebidas alcohólicas, además de las afectaciones por el cierre de vialidades que impiden que los vecinos puedan desplazarse en sus vehículos o ingresarlos a sus domicilios.

De acuerdo con los peticionarios y con base en los resultados de la investigación de este Organismos Defensor, la Feria se celebra con la omisión de la autoridad Delegacional para observar las hipótesis normativas específicas contempladas en la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal y de su Reglamento.

También la Jefatura Delegacional en Tláhuac incumple con su obligación de supervisar las disposiciones mínimas de protección civil.

Esta Comisión no se opone a la celebración de la Feria Anual de San Pedro Tláhuac, que se celebra desde hace más de 50 años, sino por el contrario reconoce su relevancia como una festividad religiosa tradicional, aceptada por las y los habitantes de esa comunidad, que responde a la promoción de la cultura de los pueblos y barrios originarios de la ciudad de México.

No obstante, la aceptación y participación de las y los habitantes de Tláhuac para acudir, comprar o vender en la Feria, no los exenta para cumplir con los ordenamientos jurídicos que la regulan o para que la autoridad delegacional no cumpla con sus obligaciones legales y a la vez garantice los derechos de todas las personas.

Esta Comisión insiste en que la falta de disposiciones de control, de mecanismos adecuados y permanentes de vigilancia y de una correcta aplicación de la normatividad relativa a la celebración de espectáculos públicos, protección civil, incluso de comercio en la Delegación Tláhuac, afecta los derechos de las personas que la habitan, en particular de las y los vecinos del Barrio La Asunción, así como los de todas las personas que asisten y participan en la Feria.

Ya en su Recomendación 8/2009, la CDHDF se había pronunciado al respecto, una vez que documentó que la ausencia de medidas de seguridad y protección del entorno de las y los niños de la Escuela Primaria «Narciso Mendoza» y del Jardín de Niños «Tláhuac», provocaron afectaciones generadas por la instalación de las diversas ferias, entre las que se mencionó a la Feria Anual San Pedro Apóstol, ante la falta de programas delegacionales o protocolos para el desarrollo de dichas festividades, que redundan en la afectación colectiva de los derechos de las personas.

Desde el inicio de la investigación, motivo de la presente Recomendación, la autoridad delegacional evitó mostrar una genuina disposición para atender la problemática que la Feria representa, por su negativa en dos ocasiones de celebrar un acuerdo de conciliación entre la autoridad y las personas peticionarias.

Es importante señalar que si bien los hechos referidos son anteriores a la entrada de la actual gestión delegacional, la Jefatura Delegacional tiene ante sí la oportunidad para aceptar la presente Recomendación para que, a través de su implementación reitere su compromiso irrestricto con los derechos humanos de las personas que habitan o transitan en la Delegación Tláhuac.

Esta Comisión insiste en que la planeación, diseño, ejecución y vigilancia de las políticas públicas en la Ciudad, en específico las relacionadas con la celebración de espectáculos públicos tradicionales, deben considerar todos los factores y exigencias de un estado democrático, e instrumentarlas en la lógica y el respeto de los derechos humanos, a efecto de erigirse en verdaderas herramientas gubernamentales que coloquen de manera prioritaria a las personas que habitan y transitan en la ciudad, sobre cualquier otro.

Con base en los resultados de sus gestiones y del desarrollo de la investigación sobre el caso, la CDHDF emitió los siguientes puntos recomendatorios dirigidos a la Jefa Delegacional de Tláhuac:

PRIMERO. Que para la expedición de la autorización de la Feria Anual San Pedro Apóstol y los permisos respectivos, se desahogue en tiempo y forma, según lo estipulado al respecto por la Ley para la celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal, así como la Ley del Sistema de Protección Civil para el Distrito Federal y del Reglamento de la Ley de Protección para el Distrito Federal.

Cuando exista alguna omisión por parte de los servidores públicos en la aplicación de las disposiciones antes mencionadas se deberá dar vista a la Contraloría Interna de la Delegación Tláhuac.

SEGUNDO. Se abstenga de expedir permisos para la venta de alcohol, toda vez que se trata de un espectáculo público tradicional.

TERCERO. Exhortar a y supervisar los giros mercantiles del perímetro ferial (Avenidas Tláhuac y Tláhuac-Chalco, calles Cuitláhuac, Nicolás Bravo, Allende, Severino Ceniceros) que no cuenten con permiso para la venta de bebidas alcohólicas, a efecto de que se abstengan de hacerlo, y los que cuentan con la autorización para la venta de las mismas, se verifique que cumplan con los requisitos establecidos por la ley.

CUARTO. Que durante el desarrollo de la Feria Anual Patronal de San Pedro Tláhuac se implementen acciones eficaces a efecto de permitir a los vecinos de la zona y periferia, en todo momento el libre acceso a sus domicilios. Así mismo se deberán prever medidas necesarias para brindar las facilidades a mujeres embarazadas, personas adultas mayores y con discapacidad a efecto de que puedan acceder libremente a sus domicilios.

QUINTO. Que la Jefatura Delegacional de Tláhuac, dada la magnitud del evento, solicite el apoyo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, con el propósito de vigilar el buen desarrollo de la Feria, así como salvaguardar la integridad física de las y los vecinos y de las y los asistentes al mismo.

En este orden de ideas, se solicite también el apoyo de la Subsecretaría de Control de Tránsito de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, con el propósito de implementar operativos en la zona a efecto de desahogar el tráfico vehicular en las horas de realización del evento, así como de contar con vehículos grúa e infracciones a fin de sancionar y retirar los vehículos que se estacionen en zonas que obstruyan los accesos de los vecinos o lugares prohibidos.

Sobre lo anterior se informe de manera clara y sencilla sobre las faltas administrativas en que pueden incurrir los visitantes y organizadores, así como los procedimientos a realizar con el fin de proteger la integridad de las personas en la feria. Para que tanto los vecinos como los asistentes al lugar de la Feria conozcan las disposiciones a cumplir se tendrá que instalar un módulo de atención al público.

SEXTO. Que cumpla con lo observado en las opiniones por la Secretaría de Protección Civil del Distrito Federal, respecto a la operación de la Feria 2013, así como los que se expidan en el futuro para la operación del referido espectáculo tradicional.

SÉPTIMO. Que haga del conocimiento de los vecinos de la zona y organizadores de la feria la opinión emitida por la Secretaría de Protección Civil del Distrito Federal.

OCTAVO. Que verifique que los participantes en la Feria den cabal cumplimiento a lo establecido en Ley para la celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal, la Ley del Sistema de Protección Civil para el Distrito Federal y el Reglamento de la Ley de Protección Civil para el Distrito Federal.

NOVENO. Que la Delegación verifique que se atienda a cabalidad lo dispuesto, en la Ley para la celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal respecto al ordenamiento por giro de comercio o actividad de los participantes de la feria.

DÉCIMO. Garantizar permanentemente que no se maltraten los inmuebles culturales, educativos, históricos y urbanos con los que cuenta la comunidad como son: la Parroquia; el Centro Histórico de la Delegación Tláhuac, la Escuela Primaria «Narciso Ramos Galicia», el Jardín de Niños «Tláhuac», la Alberca Delegacional «San Pedro Tláhuac», así como el edificio delegacional por la instalación de la infraestructura material de la Feria, de tal manera que las autoridades competentes deberán verificar que los enseres propios para la instalación de la Feria que se utilicen sean seguros para las personas que asistan y habitan en el lugar.

DÉCIMO PRIMERO. Que durante todo el periodo de la celebración de la feria, personal operativo de la Delegación Tláhuac realice recorridos periódicos con la finalidad de verificar el efectivo cumplimiento de las disposiciones de la Ley para la celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal.

DÉCIMO SEGUNDO. Que durante todo el tiempo de duración de la feria se instalen en lugares adecuados sanitarios portátiles que cumplan con las especificaciones técnicas necesarias para que no afecten de ninguna manera los domicilios de las y los vecinos, dichos baños deberán mantenerse limpios.

DÉCIMO TERCERO. Que durante el desarrollo de la feria se implemente el protocolo de limpieza específico de manera adecuada y eficiente de tal manera que se mantenga libre de residuos sólidos y en perfecto estado de limpieza la zona de la feria y las calles adyacentes que puedan ser afectadas por la Feria.

DÉCIMO CUARTO. Que se acuerde con los vecinos del lugar de la instalación de la feria, los horarios de los espectáculos musicales, así como de los horarios en los que se disponga la utilización de juegos pirotécnicos. Sobre el ruido que se genere durante el desarrollo de la Feria, la Delegación deberá observar y aplicar lo dispuesto en la Norma Ambiental para el Distrito Federal [NADF-005-AMBT-2006], que establece las condiciones de medición y los límites máximos permisibles de emisiones sonoras.

 

FUENTE: Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal de México