El Ombudsman y la Doctrina Internacional de los Derechos Humanos

Como continuación del libro publicado por el PRADPI en 2008 (El Ombudsman en el sistema internacional de derechos humanos: contribuciones al debate), esta investigación actualiza, con mayor atención a la práctica, la temática de la relación entre las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos y el Sistema Universal de protección de los mismos. En el transcurso de estos doce años, la colaboración entre ambos grupos de actores, cuyo objetivo último es común, ha ganado en cantidad y calidad.

Más en concreto, este libro examina la utilidad para el Ombudsman de la doctrina de los órganos internacionales de derechos humanos. La primera parte expone el marco teórico del análisis. Tras una introducción, útil para entender el estado actual del Derecho internacional de los derechos humanos, se centra en la importancia que este tiene para la labor del Ombudsman, concluyendo que la articulación entre los estándares nacional e internacional de derechos humanos proporciona un marco de referencia insustituible para que las Defensorías del Pueblo defiendan una concepción robusta de tales derechos, incluyendo muy en especial las obligaciones estatales (poco definidas en los tratados y mejor concretadas en el soft law): es obvio que si estas no se perfilan con claridad, su exigibilidad resulta más dificultosa. Una argumentación basada en estos estándares permite convencer a las autoridades de que se trata de obligaciones exigibles y no de meras políticas públicas. La situación ha dado un vuelco espectacular en los últimos años: ahora el Derecho internacional es muchas veces más exigente que el nacional, y esto tiene consecuencias prácticas indudables.

En la segunda parte se realiza una selección y sistematización de las recomendaciones generales de la CNDH de los últimos años, conectándolas con los documentos internacionales que las sustentan. Contribuimos así no solo al mejor conocimiento y difusión de una experiencia importante (seguramente sea el Ombudsman mexicano quien mejor está aprovechando las potencialidades del Derecho internacional) sino también a fomentar su extensión a otras Defensorías, introduciendo de paso algunos consejos para fortalecerla.

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