COSTA RICA: La Defensoría solicita que se suspenda la audiencia donde se discutirá el cobro por descarga desde teléfonos móviles

La solicitud de la Defensoría de los Habitantes al Tribunal de lo Contencioso Administrativo se debe, entre otras cosas, a que la propuesta de SUTEL contiene serias deficiencias y omisiones de información que impiden una participación adecuada e informada de los usuarias del servicio. Para la Institución, la propuesta tarifaria contenida en la convocatoria es distinta de la recomendada por la Dirección de Mercados de la SUTEL en el oficio 2463-SUTEL-DGM-2014, que fue acogida íntegra y unánimemente por el Consejo de SUTEL en su acuerdo 022-026-2014 del 30 de abril 2014.

Mientras que en la convocatoria que aparece en La Gaceta Nº 105 del 3 de junio 2014, claramente se dice que «se propone que el esquema la tasación del servicio de internet móvil basado en la cantidad de datos transferidos KB (KB: es la unidad usada para cuantificar la transferencia de datos), que actualmente se aplica en la modalidad prepago, se aplique también a la modalidad post pago, previa fijación de la tarifa correspondiente…», en el oficio 2463-SUTEL-DGM-2014, se recomiendan varios asuntos que no están incluidos en la convocatoria publicada.

Por ejemplo, en la convocatoria se propone que  el esquema la tasación «del servicio de internet móvil basado en la cantidad de datos transferidos KB (KB: es la unidad usada para cuantificar la transferencia de datos), que actualmente se aplica en la modalidad prepago, se aplique también a la modalidad post pago». Eso a pesar de que el punto A. de lo recomendado por la Dirección de Mercados de Sutel dice «Ampliar el actual esquema tarifario del servicio de Internet móvil, con la opción de adoptar un esquema por descarga…»

Nótese que aparte de que la redacción de la convocatoria es distinta a la redacción de ese punto A, éste incluye la palabra «opción». Esa idea de opcionalidad entre el esquema propuesto y el ya existente para el cobro del servicio internet móvil quedó excluida de la convocatoria publicada en La Gaceta. Para la Defensoría esa omisión no es inocua. Al contrario, deja por fuera contenidos esenciales del esquema regulatorio propuesto por la Dirección de Mercados de SUTEL que fue íntegramente aprobado por el Consejo de SUTEL.

«Las diferencias existentes entre lo convocado oficialmente por SUTEL en La Gaceta y la propuesta que originalmente hizo la Dirección de Mercados de la Superintendencia y que fue acogida por el Consejo de esa Superintendencia, hacen que las y los habitantes hayan recibido, ya de inicio, una información muy distinta a lo que realmente SUTEL pretende aprobar», dijo la Defensora de los Habitantes, Ofelia Taitelbaum.

Otras situaciones que ha detectado la Defensoría y que fueron puestas en conocimiento del Tribunal Contencioso Administrativo es la existencia de debilidades y carencias en el fundamento del argumento relativo a que el actual esquema de cobro por internet móvil está generando congestionamiento en las redes. La Sutel no presenta un estudio que demuestre la existencia de la congestión en las redes móviles y cuando utiliza datos, no necesariamente corresponden a la situación actual sino a la situación del ICE antes de la portabilidad cuando tenía un 84% del mercado.
Esta carencia de información actual debilita la fundamentación de la propuesta sometida a audiencia pública y, con ello, mina el MOTIVO y la CAUSA del acto de la convocatoria cuestionada.

Además, la SUTEL no demuestra que exista relación entre las denuncias presentadas y la supuesta saturación de la red. También hay debilidades y carencias en el fundamento del argumento relativo a que el esquema propuesto por SUTEL (Opción de Internet por descarga) produciría beneficios a los consumidores. Al contrario, se fundamenta en conceptos vacíos y sin contenido técnico. Además hace afirmaciones de variada naturaleza que no demuestra, como por ejemplo el impacto de la tasación por descarga en las facturaciones que pagarán las y los usuarios del servicio de internet móvil.

Para la Defensora la solicitud tiene por objeto la tutela y defensa del derecho de participación en audiencia pública y el derecho a contar con información completa, fidedigna y veraz, derechos de los cuales es titular todo un sector de población, integrado por las y los usuarios del servicio de telecomunicaciones, específicamente por todas las y los usuarios del servicio de internet móvil.
«La SUTEL ha convocado a audiencia pública para el próximo martes 1° de julio a través de un acto administrativo en el que se discutirá un cambio en el modelo de tarifa del servicio de internet móvil» Esto ocurriría, «en perjuicio de las y los usuarios, de información esencial y, peor aún, con graves incongruencias, pues el contenido del acto de convocatoria propiamente en el que SUTEL detalla los aspectos que serán objeto de discusión, es un contenido distinto del que se encuentra en el Informe Técnico N° 2463-SUTEL-DGM-2014 con que esa Superintendencia fundamenta la propuesta de cambio del modelo de tarifa», sostiene la Defensora Ofelia Taitelbaum.

 

FUENTE: Defensoría de los Habitantes de Costa Rica