La propuesta para reglamentar audiencias y consultas públicas convocadas por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) no garantiza una real, eficaz y efectiva participación ciudadana en la decisión final de un proceso de ajuste tarifario, según la Defensoría de los Habitantes.
Luego de analizar la modificación que pretende el órgano regulador, la Defensoría considera que el resultado final va dirigido a protocolizar la participación de los usuarios en las audiencias y consultas públicas pero no en la toma de la decisión definitiva.
Es decir, que de aprobarse el reglamento tal y como está siendo planteado por la Aresep, ni los usuarios ni los prestadores de servicio tendrán una efectiva participación en la aprobación de una solicitud tarifaria.
Para la Defensoría, el derecho a audiencia y consulta pública terminan convirtiéndose en un trámite formal administrativo, pero no alcanzan a proteger el derecho o interés de los participantes, de ahí que las oposiciones orales o escritas que no tengan connotación técnica ya sea por desconocimiento o falta de asesoramiento, son poco efectivas para influir en la decisión final. Además, si bien la legislación establece la posibilidad de apelar o revocar la decisión tomada por Aresep, esos recursos – de revocatoria o apelación – serán valorados por el mismo ente regulador y al final del proceso, por lo general, son rechazados para confirmar la decisión original.
Por esta razón, la Defensoría considera importante que Aresep defina en el reglamento, la forma en que hará efectiva la participación de los ciudadanos en los procesos de ajuste tarifario de los servicios públicos.
Finalmente, la entidad considera que en los procesos de fijación tarifaria, la Autoridad Reguladora debe someter a exámenes de exactitud y confiabilidad la información brindada por los prestadores de servicios, para corroborar su veracidad.
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FUENTE: Defensoría de los Habitantes de la República de Costa Rica