PERÚ: La Defensoría del Pueblo recomienda simplificar los trámites para las autorizaciones de conexión domiciliaria de servicios de saneamiento

Ante la queja de un grupo de ciudadanos contra la Municipalidad de Chorrillos por las trabas burocráticas y sobrecostos en la tramitación de sus solicitudes de conexión domiciliaria de agua y desagüe, la Jefa de la Oficina Defensorial de Lima, Eliana Revollar Añaños recomendó al alcalde de dicho distrito, Augusto Miyashiro, simplificar los trámites administrativos y la aplicación de tasas económicas accesibles, tal como lo establece el Decreto Legislativo N° 1014 modificado por la Ley N° 30056.

En ese sentido, la funcionaria precisó que dicho decreto establece que los montos por los procedimientos administrativos que pueden exigir las municipalidades no pueden exceder el 1% de la UIT (S/.3,800). Asimismo, indico que la autorización para las obras de infraestructura debe ser resuelta en un plazo no mayor a los 5 días hábiles, luego del cual la solicitud quedará aprobada por silencio administrativo positivo.

La funcionaria informó que se han recibido quejas de diversos ciudadanos y del AA.HH Nueva Caledonia II, quienes manifestaron que se les estaba cobrando, en algunos casos, más de 1300 soles por los trámites. En otros casos, se les requería pagar multas administrativas pendientes o tienen pendiente la autorización pese a que han pasado más de tres meses. «A otro de los ciudadanos se le ha solicitado la autorización del Comité Vecinal que gestionó el proyecto, trámite, por demás, innecesario», indicó Revollar.

Del mismo modo, la funcionaria indicó que en el caso del asentamiento humano, la Subgerencia de Obras Públicas requirió a las 66 familias adjuntar los estados de cuenta de todos los predios incluidos en el proyecto, solicitud que fue atendida a la brevedad. Pese a ello, se les negó la autorización sin indicar el motivo de la improcedencia.

Ante ello, la representante de la Defensoría del Pueblo exhortó a las autoridades declarar nula la notificación por la cual se desestimó la solicitud de los vecinos, así como aplicar lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1014, con la finalidad de garantizar la accesibilidad a los servicios públicos de agua y desagüe.

FUENTE: Defensoría del Pueblo de la República de Perú