URUGUAY: Declaración de la institucional de la Defensoría del Pueblo con motivo del Día Internacional de Apoyo a las Victimas de la Tortura

La Institución de Derechos Humanos, reconoce los avances en la lucha contra la totura, en particular el establecimiento del Mecanismo Nacional de Prevención y exhorta al Estado a dotar dicho Mecanismo de los recursos necesarios para el «cabal cumplimiento de las tareas encomendadas legalmente, en un todo de acuerdo con las previsiones del Protocolo Facultativo y en estricto cumplimiento de las obligaciones internacionalmente asumidas, para de esta forma contribuir a erradicar, finalmente, la práctica de la tortura en todos los ámbitos de nuestra sociedad».

 A continuación puede  leer la declaración íntegra del Instituto Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo. También puede acceder a ella pinchando aquí.

 

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Pese a todos los instrumentos y mecanismos de protección contra la práctica de la tortura que la comunidad internacional ha ido instrumentando desde 1948 en que la Declaración Universal de Derechos Humanos la condenó, a la fecha ésta aún no ha podido ser erradicada, y son miles de personas en el mundo las que sufren este flagelo.

En 1975 la Asamblea General aprobó la Declaración sobre la protección de todas las personas contra la tortura y otros tratos o penas crueles inhumanas y degradantes. En los años ochenta y noventa, la Asamblea General estableció el Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Tortura (1981), para financiar a las organizaciones que brindaban asistencia a las víctimas y sus familias; elaboró la Convención Contra la Tortura (1984) que crea el Comité contra la Tortura, organismo de control de aplicación de la Convención por los Estados Parte; en 1985 la Comisión de Derechos Humanos nombró al primer Relator Especial sobre la Cuestión de la Tortura, un experto independiente al que se le encomendó la misión de informar sobre la situación de la tortura en el mundo. Durante el mismo período, la Asamblea General aprobó asimismo, diversas resoluciones en las que destaca la importancia que tiene el personal de atención de la salud en la protección de los presos y detenidos contra la tortura, y estableció diversos principios generales para el trato de los privados de libertad. Dicho proceso culminó con la aprobación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura el 18 de diciembre de 2002, que obliga a los Estados Parte a establecer mecanismos nacionales de prevención de la tortura.

La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, refuerza en este día su compromiso con la promoción y defensa de los derechos de las personas y recuerda al Estado su deber permanente de evitar toda forma de tortura, sobre todo de quienes se encuentran en situaciones de especial vulnerabilidad y bajo su control o protección.

Reconoce los avances logrados en la materia y en particular el establecimiento del Mecanismo Nacional de Prevención, conforme con las previsiones del Protocolo Facultativo del que el Estado uruguayo es Parte [4], en el ámbito de esta Institución.

Exhorta al Estado a dotar a dicho Mecanismo de todos los recursos necesarios para el cabal cumplimiento de las tareas encomendadas legalmente, en un todo de acuerdo con las previsiones del Protocolo Facultativo y en estricto cumplimiento de las obligaciones internacionalmente asumidas, para de esta forma contribuir a erradicar, finalmente, la práctica de la tortura en todos los ámbitos de nuestra sociedad.>>

 

FUENTE: Instituto Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo.