SANTA FE: La Defensoria del Pueblo capacita a su personal en el conocimiento del nuevo Código Civil y Comercial del país

«Los ciudadanos vienen a consultarnos por cuestiones que tienen que ver con casi todas las materias civiles y comerciales que regula el nuevo Código y que cambian en relación al que perderá vigencia. Por eso cuando nuestros profesionales nos plantearon la necesidad de actualizarse, comprendimos, la necesidad y urgencia, y acá estamos», dijo el defensor del Pueblo a/c, Luciano Leiva, al inaugurar las jornadas el viernes pasado.

Especialistas universitarias fueron contratados con la finalidad de esclaracer acerca de las sustantivas modificaciones que han sufrido la mayoría de las instituciones sobre las que regla el nuevo código en las múltiples y complejas materias de las que se ocupa. Su vigencia efectiva comenzará en agosto por lo que las cuestiones que se consulten desde entonces a la Defensoría en relación a las temáticas regladas deberán analizarse y gestionarse bajo los nuevos preceptos.

Comenzó el viernes 24 y continuará los viernes 8 y 15 de mayo y los miércoles 20 y 27 de ese mes abordando como primera etapa en todas esas clases las relaciones de familia tipificadas en el Libro II del nuevo texto codificado y es dictado por las doctoras Judith Galetti y María del Valle Basail Buschiazzo, docentes de derecho de familia de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales en la UNL.

Las jornadas, que fueron abiertas por el defensor del Pueblo a/c, Luciano Leiva, tienen como objetivos: Ubicar a todos los operadores del derecho en la normativa del Derecho de Familia a la luz del nuevo cuerpo legislativo; facilitar el conocimiento y aplicación de las figuras incorporadas; llevar a cabo la articulación entre el «saber» y el «saber hacer»; descubrir juntos la humanización de la ley y la adecuación a la realidad y a los pactos internacionales.

La primera jornada del viernes 24 d eabril abordó los siguientes temas: nueva ubicación de la normativa del derecho de familia en el código Civil y Comercial de la Nación. (art. 401 a 723); ¿cómo han de interpretarse las normas? pauta orientadora del Art. 402; matrimonio; requisitos de existencia; impedimentos para celebrarlo, análisis de los inc. f y g del Art. 403; efectos personales; asistencia y alimentos, deber moral de fidelidad. (art. 431 y 432); efectos patrimoniales; régimen primario imperativo; régimen de comunidad. (art. 446 y ss.); extinción del régimen de comunidad. ( art. 475) y disolución del matrimonio. (435).

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Para la segunda jornada del viernes 8 de mayo está previsto el abordaje de las uniones convivenciales, concepto, efectos. (art. 509 y 518); el cese de la convivencia (art 523); parentesco, concepto, deberes y derechos de los parientes. (art.537).

En la tercera -15 de mayo-: Filiación, clases (art. 558); filiación por técnicas de reproducción humana asistida. (art. 560); adopción. (art. 594) tipos (art.619); adopción por integración (art. 630); responsabilidad parental, concepto, principios orientadores. figuras derivadas; derechos y deberes de los progenitores, alimentos, deberes de los hijos; progenitor afín. (art.671); extinción, privación suspensión y rehabilitación de la responsabilidad parental (699 y ss.); interdisciplinariedad como columna del derecho de familia.

 

FUENTE: Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe