RÍO NEGRO: Acción colectiva de amparo ambiental por el basural de Conesa

La presentación de la Defensora del Pueblo, Dra. Ana Piccinini, fue efectuada ante el Superior Tribunal de Justicia contra el Poder Ejecutivo Provincial, el Consejo de Medio Ambiente (CODEMA) de la provincia y la Municipalidad de General Conesa.

 
El objetivo de dicha acción es prevenir efectos degradativos del medio ambiente, invocando el derecho a un medio ambiente sano, equilibrado y libre de contaminación, como así también el derecho a la salud (art. 59 CP): “La salud es un derecho esencial y un bien social que hace a la dignidad humana”.

A través del Amparo la Defensora le solicita al Superior Tribunal de Justicia ordene:

–          Ejercer el poder de policía y en consecuencia decrete RELOCALIZAR en forma urgente el    actual basural municipal de General Conesa, a una zona que no implique un riesgo potencial para la salud de los habitantes de esa localidad,

–          Tomar las medidas y recaudos necesarios para el manejo adecuado de los desechos domiciliarios.

–          Se encomiende la adopción de medidas que permita sanear el actual basural.

–          Cesar en la transgresión de derechos y garantías fundamentales que sufren los vecinos y/o residentes de la localidad de General Conesa, en razón de su cercanía al basural municipal de esa ciudad, en función de la aplicación del principio  preventivo, precautorio, establecido por las leyes nacionales y provinciales, y la jurisprudencia y doctrina conteste en la materia.

Al respecto cabe destacar además que la acción de Amparo se presenta luego que vecinos de la localidad de Conesa realizaran una exposición ante la Defensoría del Pueblo y solicitar la intervención del Organismo, al que expresaron  su preocupación ante la localización y características del basural municipal. Además pidieron la interposición de las acciones y remedios administrativos y/o judiciales tendientes a su pronta remediación.

En su presentación judicial la Defensora del Pueblo Dra. Piccinini  remarca también que el daño en el caso que nos ocupa es actual y lesiona los derechos a la salud y al medio ambiente sano, libre de contaminación y equilibrado que prevé la Constitución Nacional y su par provincial, como asimismo la legislación concordante en la materia, además de los Tratados Internacionales citados en la presentación.

FUENTE: Defensoría del Pueblo de la Provincia de Río Negro, Argentina.