Reglas mínimas de operación para la cooperación internacional de terceros con la FIO

Las presentes Reglas Mínimas de Operación tienen la finalidad de regular las acciones que lleva a cabo la FIO, como agrupación internacional con autonomía de gestión, cuyo objeto esencial es la protección, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos previstos en el orden jurídico internacional, con terceros oferentes o solicitantes de cooperación internacional. Consulte las mismas: 

 

 

FUENTE: Secretaría Técnica de la FIO