PUEBLA: Recomendación de la CDH a la Secretaría de Seguridad Pública por agresiones contra manifestantes

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla) solicitó el inicio de una averiguación previa en contra de elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSP) por detener y agredir a manifestantes del municipio de Francisco Z. Mena. A través de una nota periodística, el organismo tuvo conocimiento de que 26 personas fueron detenidas de forma violenta por elementos de la Policía Estatal, después que cerraron el paso de la carretera 101 que conduce de Villa Lázaro Cárdenas al municipio de Francisco Z. Mena.

De forma oficiosa la Comisión solicitó la colaboración de la Procuraduría General de Justicia (PGJ) para que informara por qué delito fueron detenidos y ante qué autoridad fueron puestos a disposición, ya que hasta ese momento su ubicación era desconocida.

Al obtener respuesta, visitadores adjuntos establecieron comunicación con los agraviados quienes se quejaron por agresiones, golpes y detención injustificada, toda vez que –dijeron—la manifestación se realizó de manera pacífica.

Según diversos informes, fotografías y testimonios, la CDH Puebla acreditó que se violaron los derechos a la seguridad jurídica de 26 pobladores; el derecho a la integridad y seguridad personal de cuatro personas también fue violentado.

En primera instancia, la autoridad dijo que se dio la detención porque atentaban contra la integridad territorial del estado lo que no es aplicable, pues este término se refiere a las fronteras de un país. Otro argumento fue el ataque a las vías de comunicación, que cabe precisar, es alusivo a la seguridad de los medios de transporte, vías de comunicación, y a la inviolabilidad de la correspondencia.

A esto se suma que en los informes entregados al organismo se precisó que la detención fue por tratarse de un evento de «alto impacto», aunque nunca se otorgaron evidencias de que así fuera; no obstante en el parte informativo del acontecimiento establecen que el coordinador de la Segunda Región de Chignahuapan llevaba la «orden superior» de abrir la vialidad, pero no se detalla la identidad de esa persona.

Por otro lado, hay incongruencias en el traslado de los detenidos a la ciudad de Puebla, pues el Ministerio Público más cercano estaba en Lázaro Cárdenas, por tanto esta autoridad era la indicada para proporcionar las condiciones necesarias para admitir a los agraviados.

A este aspecto es necesario puntualizar que tampoco existió justificación para que las personas fueran puestas a disposición del Ministerio Público 15 horas después de su detención, ya que el tiempo de traslado hasta la capital del estado es de 5 horas aproximadamente.

Además, el organismo acreditó que hubo excesos en el actuar de los elementos por las lesiones físicas que presentaban cuatro de los agraviados —que constan en fotografías— y que las autoridades omitieron, incluso el médico en turno de la Dirección de la Policía Estatal Preventiva de la SSP dijo en su reporte que los detenidos estaban «clínicamente sanos».

Al constatar violaciones a los derechos humanos, el organismo emitió la recomendación 14/2013 al Secretario de Seguridad Pública del estado. Si bien los hechos mencionados no corresponden a su gestión, la CDH Puebla considera necesario que acepte los señalamientos a fin de que las conductas inapropiadas sean previsibles y no repetitivas.

De esta manera la Comisión pidió la reparación de los daños ocasionados a la salud de los pobladores de Francisco Z. Mena.

A la Procuraduría General de Justicia se solicitó su colaboración para que inicie una averiguación en contra del jefe de la Base de Operaciones de Francisco Z. Mena, el coordinador de la segunda región del Centro de Coordinación Regional (Cecore) Chignahuapan, y de los elementos de la Policía Estatal que intervinieron en los hechos. Ellos también deberán someterse a un proceso de investigación encabezado por la Unidad de Asuntos Internos de la SSP, el cual deberá involucrar al médico adscrito a esa Secretaría.

Este organismo defensor también pidió que se difunda a través de una circular que los elementos de la Policía Estatal Preventiva deben poner a disposición de la autoridad competente a las personas que detengan en tiempo y forma. Además la CDH Puebla pidió a la dependencia que sus elementos policiales se capaciten en materia de derechos humanos para evitar que las conductas inadecuadas se repitan.

FUENTE: Comisión Estatal de Defensa de los Derechos Humanos de Puebla