La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, derivado del análisis lógico jurídico practicado a las evidencias que integran el expediente de queja 8943/2013-C, corroboró que servidores públicos de la Dirección General de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, cometieron violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la integridad y a la seguridad personal en agravio de médicos residentes adscritos al Sector Salud en el Estado de Puebla, por lo que emitió la recomendación 03/2015 al encargado de despacho de la Secretaría de Salud y esa Dirección General.
El Congreso de la Unión solicitó a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDHPuebla), que investigara la situación en que los médicos residentes prestan sus servicios y reciben la educación de especialidad médica.
El Organismo Autónomo acreditó que en el Estado de Puebla, existen médicos residentes adscritos a los Hospitales Generales e Integrales de Acatlán de Osorio, Cuetzalan, Huauchinango, Libres, Izúcar de Matamoros y de la Mujer en Tehuacán, Puebla; así como Generales del Norte y Sur en Puebla y para el Niño Poblano, quienes en su mayoría desconocen la organización y funcionamiento de su residencia médica de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSA3-2012.
Se corroboró que a los médicos residentes no les son proporcionados para su desempeño diario uniformes y zapatos, esto en cumplimiento a lo estipulado por dicha norma; que les han sido inferidos agravios por parte de personal médico y administrativo de los hospitales, que incluso llegan a ser objeto de violencia psicológica y/o física y trato degradante, por parte de sus profesores en algunos nosocomios del Sector Salud en el Estado de Puebla en los cuales se encuentran estudiando y prestando sus servicios.
Ante estos hechos la CDH Puebla emitió los siguientes puntos recomendatorios:
Primero, se instruya por escrito a los profesores titulares y adjuntos de los Hospitales Generales e Integrales del Estado de Puebla, a fin de tratar dignamente a los médicos residentes en el estado; además reiterarles su obligación de planear, conducir y evaluar a los médicos residentes a su cargo y se abstengan de delegar en residentes avanzados esas funciones.
Segundo, se instruya por escrito a los Directores de los Hospitales Generales e Integrales del estado, tomar las medidas necesarias para garantizar que el personal médico y administrativo a su mando traten dignamente a los médicos residentes en el estado y vigilen el cumplimiento de lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSA3-2012.
Tercero, se instruya por escrito al subdirector de Enseñanza e Investigación de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, tome las medidas necesarias a fin de garantizar el adecuado cumplimiento de lo establecido en los contratos otorgados a los médicos residentes.
Cuarto, de acuerdo a sus facultades legales, solicite a la Delegación de la Contraloría del Estado de Puebla en el Sector Salud, que realice una auditoría de gestión para verificar que a los médicos residentes del estado se les proporcione asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica y se les otorguen de manera semestral dos uniformes y un par de zapatos blancos de acuerdo a los términos de los puntos 10.8 y 10.16, de la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSA3-2012 y en caso de no haber sido otorgados se sirva proporcionarlos a la brevedad posible.
Quinto, se instruya a quien corresponda para el efecto de que al ingresar a la residencia médica a los profesionistas respectivos les hagan del conocimiento el contenido de la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSA3-2012.
Sexto se ordene a quien corresponda establecer al interior de los Servicios de Salud un mecanismo de vigilancia efectiva y accesible del cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSA3-2012, en términos de su punto 15. De los puntos recomendatorios anteriores se deberán enviar las evidencias correspondientes que demuestren el cumplimiento a la CDH Puebla.
FUENTE: Comisión Estatal de Defensa de los Derechos Humanos de Puebla