PERÚ: SBS multa a AFOCAT por indemnizar en forma extemporánea a menores accidentados

Debido a la negativa de la Asociación de Fondos Contra Accidentes de Tránsito (Afocat) “Trujillo–Región La Libertad”, a pagar las indemnizaciones por incapacidad temporal a menores de edad que sufrieron accidentes de tránsito en vehículos afiliados a esta asociación, el Jefe de la Oficina Defensorial de La Libertad, William León, exhortó a la referida entidad a dar cumplimiento a la indemnización correspondiente.

El funcionario informó que la referida Afocat sustentaba su posición –de no pagar- en una primera resolución emitida por la Sala de Competencia Nº 02 del Instituto Nacional de Defensa a la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en la que se consideraba, a raíz de un caso suscitado en la ciudad de Tacna, que los conceptos de indemnización tenían carácter laboral y, por lo tanto, al no encontrarse trabajando los menores de edad, no les correspondía tal derecho.

Sin embargo, no se contó con que la misma Sala aclaró esta medida, respecto al caso de las indemnizaciones a menores, y que dictó otra Resolución, Nº 779-2010/SC2-INDECOPI, en la que estableció que el certificado contra accidentes de tránsito constituye un seguro de naturaleza personal y no laboral, es decir, que los beneficiarios no se encuentran supeditados a la condición de estar laborando y, por el contrario, solo basta que sean víctimas de un accidente de tránsito.

“Pese a que la Defensoría del Pueblo dio a conocer esta nueva decisión a la referida Afocat, así como el pronunciamiento de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) que, a solicitud de la Defensoría, precisó que tanto el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) como el Certificado Contra Accidentes de Tránsito (CAT) son seguros de responsabilidad civil de carácter personal y no de índole laboral, se persistió en la negativa de pagar las indemnizaciones, que finalmente fueron canceladas con posterioridad al inicio del procedimiento sancionador activado por la SBS,” señaló William León.

El funcionario agregó que esta situación generó que la SBS sancione a la AFOCAT Trujillo – Región La Libertad con tres unidades impositivas tributarias, anteponiendo el fundamento de que el propósito del SOAT o del CAT es cubrir los daños y/o muerte que puedan sufrir las personas sin distingo alguno y a la sola demostración de lo ocurrido.

Finalmente, el Jefe de la Oficina Defensorial de La Libertad, William León, exhortó a la población a exigir sus derechos y a acudir a la Defensoría del Pueblo en caso de que tengan dudas o no tengan conocimiento de algún trámite o procedimiento a seguir en un problema que afecte su integridad.

 

FUENTE: Defensoría del Pueblo del Perú.