PERÚ: Defensoría propone modificaciones en Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual



 

La Defensoría del Pueblo recomendó al Congreso de la República incorporar en el Proyecto de Ley N° 2200/2007–CR, que propone diversas modificaciones a la Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción al Hostigamiento Sexual, sanciones a otras formas de acoso sexual con el fin de proteger eficazmente el derecho a trabajar o estudiar en un ambiente respetuoso.

 

La Adjunta para la Mujer de la Defensoría del Pueblo, Eugenia Fernán–Zegarra, señaló que, en la actualidad, la ley sólo contempla la figura de hostigamiento sexual producido en relaciones de autoridad o dependencia en centros laborales o educativos, dejando sin sanción a los actos de hostigamiento que pudiesen provenir de personas que se encuentran en iguales o menores niveles de jerarquía, de remuneración, grado, estamento, cargo o función.

 

La doctora Fernán–Zegarra agregó que, asimismo, en la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual se debe omitir el supuesto de “reiterancia», teniendo en cuenta que basta un solo acto de hostigamiento sexual para que se configure la vulneración de derechos humanos. “De lo contrario, se podría considerar que la norma legitima situaciones de hostigamiento sexual que no se producen en forma reiterada”, sostuvo la funcionaria.

 

La Defensoría del Pueblo propone que se derogue la Décima Disposición Final de la Ley que dispone que la persona a quien se le impute actos de hostigamiento declarados infundados, tiene expedito su derecho a proceder judicialmente ante una “falsa queja”. Dicha inclusión es innecesaria –reiteró– toda vez que la legislación civil ya establece este derecho. Sin embargo, tal como está redactada la norma puede ejercer un efecto intimidatorio y/o disuasivo en la interposición de las quejas de hostigamiento sexual.

 

Finalmente, la Adjunta para los Derechos de la Mujer de la Defensoría del Pueblo destacó que el hostigamiento sexual en espacios laborales o educativos constituye un acto de violencia y discriminación que tiene enormes implicancias en la salud de la persona que lo sufre, en el entorno laboral o educacional y, finalmente, tiene consecuencias socioeconómicas pues reduce el rendimiento laboral o estudiantil.

 

Fuente: Tomado de la Defensoría del Pueblo del Perú.