- Institución considera que la evaluación de desempeño no debería estar condicionada a la edad.
Mediante oficio dirigido al presidente Pedro Pablo Kuczynski, la Defensoría del Pueblo solicitó la inmediata aprobación de la autógrafa de la ley aprobada por el Congreso de la República que modifica el artículo 84º de la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, ampliando el límite de edad máxima para el ejercicio de la docencia ordinaria en universidades públicas a los 75 años de edad.
En el documento enviado por el Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez Camacho, se sustenta que se requiere que la promulgación se realice en el más breve plazo, considerando que actualmente existen docentes ordinarios que tienen más de 70 años y que en aplicación del artículo 84º, aún vigente, se estaría procediendo a cesarlos.
La Defensoría del Pueblo ha opinado que la mejora de la calidad universitaria requiere del establecimiento de mecanismos que garanticen una evaluación permanente del desempeño docente, sin distinción de la edad.