PERÚ: Defensora advierte que proyecto de ley vulnera libertad de expresión

La Defensora del Pueblo, Beatriz Merino, sostuvo que el proyecto de ley aprobado por la Comisión de Justicia del Congreso, que propone penalizar las transmisiones o publicaciones obscenas o pornográficas a menores de edad en los medios de comunicación social, contiene serias deficiencias que atentan contra la libertad de expresión en el Perú.

Además, la doctora Beatriz Merino afirmó que “si bien la finalidad del proyecto es constitucionalmente legítima –en tanto busca proteger la integridad psicológica de los niños, niñas y adolescentes–, sus alcances atentan contra el ejercicio de la libertad de expresión”.

Asimismo, la Defensora del Pueblo advirtió que este derecho fundamental se vulnera porque el proyecto de ley utiliza términos vagos que no permiten establecer con claridad cuáles son las conductas que se pretende sancionar penalmente, contraviniendo de esta manera a la Constitución Política de 1993, que establece que toda conducta sancionable penalmente debe estar señalada de manera previa, clara y precisa.

Por consiguiente, llama la atención que el contenido del texto del proyecto no cumpla con estos requisitos, y que no se aclare cuál de las siguientes conductas se está sancionando: poseer, producir, transmitir, editar, exhibir u ordenar publicaciones que contengan imágenes o textos de contenido obsceno o pornográfico, agregó la doctora Merino.

Para la Defensoría del Pueblo, establecer sanciones penales para los gerentes, directores, editores o responsables de los medios de comunicación, sin observar los criterios constitucionales antes señalados, “constituye una grave amenaza para el ejercicio libre y democrático de la libertad de expresión en nuestro país”.

En el caso específico de la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes con relación a contenidos pornográficos y obscenos, la Defensoría del Pueblo recomendó al Congreso de la República y al Poder Ejecutivo evaluar y fortalecer los mecanismos existentes dirigidos a este fin, como los previstos en la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión, así como en la Ley N° 28119, normas que prohíben el acceso de menores de edad a páginas Web de contenido pornográfico.

Asimismo, la Defensora del Pueblo recomendó especialmente al Ministerio de la Mujer a que, en su condición de ente rector en materia de niñez y adolescencia, fiscalice el cumplimiento de las referidas leyes.

En razón de que considera que esta iniciativa legislativa vulnera el derecho constitucional a la libertad de expresión, la Defensoría del Pueblo recomendó al Pleno del Congreso archivar el referido proyecto de ley e invocó a que, conforme a lo señalado por la Relatora para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA), Catalina Botero, cualquier discusión legislativa que involucre la regulación de medios de comunicación garantice de modo adecuado el derecho fundamental a la libertad de expresión.

 FUENTE: Defensoría del Pueblo del Perú.