PARAGUAY: «Los indígenas deben ser consultados»

Los indígenas tienen derecho a participar de la toma de decisiones que afectan su bienestar, según lo establecen varios convenios internacionales y la Constitución Nacional. Sin embargo, este derecho sigue siendo sistemáticamente avasallado.

El Artículo 64 de la Constitución Nacional, en referencia a los pueblos indígenas, prohíbe «la remoción o traslado de su hábitat sin el expreso consentimiento de los mismos».

El Convenio Nº 169 sobre Pueblos Indígenas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por el Estado paraguayo en 1993, enfatiza el derecho de la participación de los pueblos originarios en la toma de decisiones que los afecta. Similarmente, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada por la Asamblea General el 10 de diciembre de 2007, insiste en que las acciones que afectan a los indígenas deben llevarse a cabo «en consulta y cooperación con los pueblos interesados».

Sin embargo, a pesar de los compromisos internacionales asumidos por el Estado paraguayo, el derecho a la consulta es sistemáticamente ignorado por los organismos estatales, incluyendo el mismo Instituto Nacional del Indígena (Indi).

Según don Manuel Páez Monges, Defensor del Pueblo de Paraguay, el vacío legal existente al respecto podría ser parte del problema: «no tenemos ninguna ley que hable del derecho a la consulta».

La Defensoría del Pueblo presentó el pasado 19 de abril del 2013 el proyecto de ley de consulta previa a los pueblos indígenas que pretende llenar el vacío legal existente para dar cumplimiento a los compromisos internacionales que asumió el país en el ámbito de pueblos originarios. La legislación pretende establecer la obligatoriedad de consultar a los pueblos indígenas sobre todo aquello que impacta en la vida de los mismos, explicó Páez.

Esto incluye las medidas legislativas o administrativas, planes programas y proyectos de desarrollo nacional y regional, además de los emprendimientos del sector privado que afecten los derechos de los pueblos indígenas. La finalidad de la consulta es alcanzar un acuerdo o lograr un consentimiento entre el Estado y los pueblos indígenas.

Los diputados Andrés Retamozo (ANR) y Atilio Penayo (ANR) se hicieron cargo de impulsar la legislación, que actualmente se encuentra a cargo de las comisiones correspondientes de la Cámara Baja.

La Defensoría del Pueblo presentará el proyecto de ley al público, en el marco del Día del Indígena Americano, celebrado el 19 de abril en conmemoración del Congreso Indigenista Interamericano que se reunió en Patzquaro, Michoacán (México), en 1940.

El evento reunió a los principales líderes de diversas culturas indígenas de América y permitió la fundación del Instituto Indigenista Interamericano, con sede en México y dependiente de la Organización de Estados Americanos (OEA).

En Paraguay existen 20 pueblos originarios correspondientes a cinco familias lingüísticas. La población empadronada asciende a 87.099 personas, que representan el 1,7 por ciento de la población total del país, según el II Censo Nacional Indígena de Población y Viviendas (2002).

Marcha de indígenas

En conmemoración del Día del Indígena Americano, nativos nucleados en el Movimiento Pueblos Originarios marcharan desde la plaza Uruguaya hasta frente al Congreso. Los organizadores reclamarán la regularización de 17 asentamientos urbanos, donde actualmente viven cerca de 3.000 nativos, que han renunciado al campo.

 

FUENTE: Defensoría del Pueblo de la República del Paraguay