En total desconocimiento de la ley que establece las funciones de la Defensoría del Pueblo, el personal de seguridad del Hospital Santo Tomás (HST) impidió la inspección sorpresa que realizaba la Defensora del Pueblo, Patria Portugal, en ese nosocomio a fin de conocer la condición de salud de los privados de libertad de La Joyita que se encuentran allí recluidos.
La Ley Nº 7 del 5 de febrero de 1997, en su artículo 27 señala que la Defensora del Pueblo o el funcionario de la Defensoría que la titular autorice, podrá inspeccionar cualquier institución pública, incluida policiales, penitenciarias o psiquiátricas, y no podrá negársele el acceso oportuno a ninguna dependencia pública, ni a ningún expediente o documento que se encuentre relacionado con la investigación.
A su ingreso al HST la seguridad trató de impedir el ingreso de la Defensora con su equipo de trabajo, a pesar que ésta le manifestó que esta acción era violatoria de la ley, lo que ocasionó una discusión entre el personal de la Defensoría y la seguridad quienes con empujones y gritos trataron en todo momento evitar el acceso del hospital. Ante esta situación y tras esperar casi una hora, la Ombudsman conversó con el director del HST a quien le solicitó tomar los correctivos necesarios con su equipo de seguridad para evitar en el futuro hechos tan bochornosos como el suscitado.
“Esta acción es violatoria a la Ley de la Defensoría del Pueblo y vamos hablar con las autoridades a fin de que se tomen los correctivos necesarios, la Defensora y su equipo de trabajo están autorizados para realizar este tipo de inspecciones sin tener que notificarle a nadie de la misma”, puntualizó. No obstante a pesar de las dificultades y objeciones, la Procuradora de los Derechos Humanos, logró visitar a los heridos de la reyerta de La Joyita quienes manifestaron que no reciben visitas de sus familiares.
FUENTE: Defensoría del Pueblo de Panamá.