PANAMÁ: Defensor del Pueblo rechaza proyecto que penaliza a quien ofenda al presidente

El Defensor del Pueblo, Ricardo Julio Vargas, rechazó la iniciativa parlamentaria que busca sancionar con penas de dos a cuatro años de cárcel a quien ofenda al Presidente de la República u otro  servidor público, ya que la misma representara un atraso en materia de libertad de expresión.

Recientemente fue presentado el proyecto de ley 105, el cual establece sanción de dos a cuatro años a quien ofenda públicamente al Presidente de la República o cualquier servidor público que ostente un cargo de elección popular, la medida ha causado la molestia de diversos grupos civiles y gremios periodísticos.
 
“La dignidad del Presidente de la República u otro servidor público merece respeto, sin embargo no se puede acallar la crítica o la opinión pública con la penalización. Esta iniciativa confrontaría algunos instrumentos internacionales de derechos humanos de los cuales Panamá es signataria”, puntualizó el Ombudsman.
 
Indicó, que ya existe una ley que establece sanciones especiales cuando se falte al honor o dignidad de una persona indistintamente del cargo que ocupe por lo que considera innecesario hacer una legislación específica para este tipo de casos y mucho menos con las medidas que se quieren establecer.
 
A juicio de Vargas este anteproyecto de ley no debería convertirse en ley de la República, por lo cual debe ser archivado ya que el país no puede “darse el lujo de retroceder 10 o 15 años atrás en materia de libertad de expresión”.
 
“La Reforma al Código Penal que entró en vigencia en mayo de 2008 despenaliza la calumnia e injuria cuando se trata de funcionarios públicos de cierto nivel; esto se hizo precisamente para que funcionarios de esa jerarquía no hicieran uso de ese poder que tuvieran para acallar, limitar, o ejercer fuerza sobre ciudadanos, periodista o medios de comunicación”, acotó.

 

FUENTE: Defensoría del Pueblo de Panamá.