PANAMA: Defensor advierte violación de ley penitenciaria

El Defensor del Pueblo, Ricardo Julio Vargas, advirtió que son preocupantes las intenciones de las autoridades penitenciarias de limitar o restringir las jornadas de visitas regulares de las personas privadas de libertad, toda vez que las mismas forman parte del proceso de resocialización y, además, están contempladas en la Ley Penitenciaria.

 

 Al ser consultado por los periodistas, el Ombudsman indicó que la norma que regula la figura de las visitas de los familiares a los reclusos o reclusas “no permite interpretaciones y debe ser acatada, aún cuando en la práctica no se está cumpliendo a cabalidad, ya que, por ejemplo, en  el  Complejo Penitenciario La Joya, las visitas se realizan cada 15 días”. Esto, agregó, es contrario a la norma porque la misma establece que debe ser una vez a la semana.

Por otro lado, Vargas indicó que restringir las visitas regulares no beneficia en nada la problemática de la seguridad penitenciaria y no va evitar que se introduzcan objetos prohibidos, lo cual ha sido el fundamento de las autoridades para restringir las visitas a las cárceles.

“Lo que sí provoca esta medida contraria a la ley es agravar las condiciones de internamiento en los penales y estimular el estado de ansiedad del privado o privada de libertad”, dijo el Defensor del Pueblo.

La Ley No. 55 establece en el artículo 59 que se garantiza los canales de comunicación entre la sociedad y los privados de libertad, los cuales consistirán en permitirles la comunicación periódica bajo la debida vigilancia. Esta norma, se complementa con lo regulado en el Artículo 261 del Decreto Ejecutivo No. 393 de 2005, que instituye el derecho de todo interno a comunicarse con sus familiares y amigos una vez (1) a la semana.

Por su parte, el artículo 28 de la Constitución Política establece que el Sistema Penitenciario se fundamenta en principio de seguridad, rehabilitación y defensa social. Estos principios conducen a la resocialización del privado o privada de libertad sobre la base de un adecuado tratamiento penitenciario.

FUENTE: Defensoria del Pueblo