PANAMÁ: Conversatorio ambiental con énfasis en espacios marinos y principio precautorio

Personal de la Dirección de Asuntos Ecológicos de la Defensoría del Pueblo participó en el Primer Conversatorio de Alto Nivel en Gobernanza  y Gobernabilidad Ambiental, con énfasis en Espacios Marinos y Principio Precautorio, auspiciado por la Fundación MarViva Panamá, con el objetivo de dar a conocer la aplicación del principio precautorio en el derecho ambiental.

 
Dicho conversatorio contó con la intervención de expositores como: Félix Wing, Miembro de la Alianza de Derecho Ambiental Mundial; Harley Mitchell Moran, Miembro de la Asociación de Derecho y Ecología; Andrea Brusco, Oficial Jurídico y Coordinadora del PNUMA/ORPALC; Lina Vega, Periodista y Abogada Ambientalista; y Jessica Young, Gerente del Programa de Incidencia Política de la Fundación MarViva en Panamá.

 

Durante la jornada, se enfatizó en los espacios marinos y su evolución en la jurisprudencia panameña, explicando que el principio precautorio es aquel que establece cuando haya peligro de daño grave o irreversible en materia ambiental, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del ambiente.

 

Asimismo, se conoció que este principio tiene su fundamento jurídico internacional en la Declaración de Río, sobre Medio Ambiente y Desarrollo de 1992, la cual fue acogida por nuestro país en el ámbito de la protección ambiental.

 

Igualmente, se mencionó que a nivel de nuestra constitución esta inmerso en el artículo 119 al reconocer el deber del Estado y de todos los habitantes del territorio nacional de propiciar un desarrollo social y económico que prevenga la contaminación del ambiente, mantenga el equilibrio ecológico y evite la destrucción de los ecosistemas.

 

Los participantes expusieron las experiencias de nuestros tribunales en la aplicación del principio precautorio, como lo es el caso de la edificación de una antena de telecomunicaciones en la provincia de Coclé, donde se suspendió su instalación con fundamento a un pronunciamiento del 24 de febrero de 2010 del Tribunal Superior de Penonomé.

 

De igual forma, se citó el caso de  la segunda Fase del proyecto Red Frog Beach Club, en Bocas del Toro,  la afectación de manglares en el distrito de Antón, así como también en la provincia de Panamá, que en ambos casos la Corte Suprema de Justicia suspendió las actividades que pudiesen causar un daño ambiental, con fundamento al principio precautorio.

FUENTE: Defensoría del Pueblo de Panamá.