A través de la Recomendación General sobre acceso por parte de los Servicios de Orientación Jurídica de los Colegios de Abogados y de las Comisiones Provinciales de Asistencia Jurídica Gratuita a los datos fiscales de las personas solicitantes del beneficio de Justicia Gratuita, el Ararteko solicita a las tres Diputaciones Forales y al Departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco que adopten las medidas y suscriban los convenios de colaboración precisos para que los Servicios de Orientación Jurídica y las Comisiones Provinciales de Asistencia Jurídica Gratuita dispongan de la información tributaria que precisan para el ejercicio de las funciones que les atribuye la normativa reguladora de la justicia gratuita.
En los términos de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, la información deberá cederse a estos solos efectos y contando, en todo caso, con la previa autorización expresa de las personas solicitantes.
En el contexto de crisis económica, se ha producido un incremento significativo en las solicitudes de Justicia Gratuita que presenta la ciudadanía, al tiempo que disminuyen los recursos destinados a atenderlas. Como resultado de ambos factores, han aumentado en los últimos meses los casos en que estas personas se dirigen al Ararteko para dar cuenta de retrasos en la atención y tramitación del citado beneficio, así como la pérdida de tiempo y la molestia que supone tener que comparecer varias veces en el Juzgado hasta completar toda la documentación que se les requiere presentar.
Ello pone de manifiesto la necesidad de que los poderes públicos colaboren para hacer frente a esta nueva realidad. La tarea resulta ineludible en la medida en que, de lo contrario, puede estar en serio riesgo un servicio tan importante, en términos de cohesión social, como es el que garantiza que todas las personas puedan defender su derecho ante los tribunales con independencia de su capacidad económica.
Las Haciendas Forales están llamadas a desempeñar un papel muy relevante en este sentido, en la medida en que son sus certificaciones las que permiten a las personas solicitantes de justicia gratuita acreditar, en su mayor parte, el cumplimiento de los requisitos que se les exige en materia de patrimonio, actividades económicas desarrolladas y rentas percibidas. Y es que para ello, en la actualidad, estas personas deben obtener las citadas certificaciones y aportarlas presencialmente, lo que les obliga a personarse varias veces en las correspondientes oficinas para acreditar datos que obran en poder de la Administración. Nada de ello sería preciso si el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados y la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de su Territorio Histórico, adscrita al Departamento de Justicia, pudieran acceder directamente a esos datos, siempre que contaran con el consentimiento expreso de su titular.
http://www.ararteko.net/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/0_3121_3.pdf
FUENTE: Ararteko