PAÍS VASCO: Revocada la obligación del pago de una cantitad por el incremento de la superficie construida en una vivienda

El propietario de un inmueble trasladó al Ararteko su desacuerdo con la actuación del Ayuntamiento de Zumarraga, que le exigía el pago de una cantidad económica por un exceso de aprovechamiento urbanístico.

El origen de esta exigencia es una edificación en la que se incluyó una solución edificatoria que suponía un incremento de la superficie computable del inmueble. El Ayuntamiento de Zumarraga, en lugar de ejercer las competencias de disciplina urbanística correspondientes, acordó requerir al propietario al pago del 50% de la valoración del exceso.

La persona promotora de la queja no estaba conforme con el requerimiento efectuado ni con el procedimiento seguido para hacerlo efectivo. El reclamante manifestó su intención de adecuar la edificación a la legalidad urbanística. Sin embargo, estaba en desacuerdo con la naturaleza jurídica de la exigencia del pago de una cantidad económica.

El Ararteko dictó una resolución en febrero de 2013, en la que recomendando al ayuntamiento revocar la valoración remitida al promotor de la queja por exceso de aprovechamiento en una parcela, por dos motivos: por una parte, el ayuntamiento no ha justificado la habilitación legal para requerir el abono de esa cantidad. Por otra, este procedimiento no se corresponde con la protección de la ordenación urbanística en los términos de la Ley de Suelo y Urbanismo.

El reclamante nos ha informado, recientemente, del acuerdo de la Junta de Gobierno Local por el que revoca el requerimiento de abono por el exceso de aprovechamiento y se reconoce que la actuación municipal carece de amparo legal. Con esa decisión, el Ayuntamiento de Zumarraga da una respuesta satisfactoria a nuestra recomendación.

 

FUENTE: Ararteko