MÉXICO: Recomendación de la CNDH por caso TEC de Monterrey

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió su Recomendación 45/2010, dirigida a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), a la Procuraduría General de la República (PGR), y al gobierno del estado de Nuevo León. Se trata del caso de la muerte de los estudiantes Javier Francisco Arredondo Verdugo y Jorge Antonio Mercado Alonso, ocurrida el 19 de marzo de 2010 en las inmediaciones del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, durante un enfrentamiento entre elementos del Ejército Mexicano y presuntos miembros de la delincuencia organizada.

La CNDH encontró elementos que permiten acreditar violaciones a los derechos humanos a la legalidad y a la seguridad jurídica, a la integridad y seguridad personal, al trato digno y a la información. Asimismo se quebrantaron los derechos al acceso a la justicia y al honor por actos consistentes en el uso arbitrario de la fuerza pública, tratos crueles e inhumanos, alteración de la escena de los hechos e imputaciones, así como ejercicio indebido de la función pública. Es necesario aclarar que esta Comisión Nacional no cuenta con elementos suficientes para definir quien fue el autor de la privación de la vida de los estudiantes Arredondo Verdugo y Mercado Alonso.

Sin embargo, las evidencias recabadas permiten afirmar que el uso arbitrario de la fuerza pública por parte de la Unidad “Néctar Urbano 4”, perteneciente a la Sedena, omitió proteger la integridad física de las personas que se encontraban en el lugar del enfrentamiento. En su Recomendación 45/2010, la CNDH pide a la Secretaría de la Defensa Nacional se indemnice a los familiares de las víctimas, con motivo de la responsabilidad institucional en que incurrieron sus servidores públicos.

En caso de ser requerido, se atienda a los deudos, física y psicológicamente durante el tiempo que sea necesario. Además, que se instruya a esos servidores públicos para que se abstengan de manipular u ordenar que se alteren las escenas de los hechos y/o se tergiverse la verdad histórica y jurídica de los mismos. Se les capacite respecto de la preservación de los indicios del delito. Se intensifique la aplicación de programas de Derechos Humanos, dirigidos tanto a los mandos medios como a los elementos de tropa y se generen indicadores de gestión para evaluar el impacto efectivo de la capacitación.

Se pide colaboración amplia con la Comisión Nacional en la presentación y trámite de la queja y denuncia de hechos que promueva ante la Unidad de Inspección y Contraloría General de la Sedena y ante la Procuraduría General de la República, respectivamente.

A la PGR se le solicita tomar en cuenta esta Recomendación para la debida integración de la averiguación previa AP/PGR/DGCAP/DF/027/2010, y que se realicen las acciones correspondiente para esclarecer los hechos. Además, se reconozca el carácter de víctimas del delito a los familiares de los fallecidos, a fin de que tengan acceso a todos los derechos que les otorga la ley.

Finalmente, al gobierno del estado de Nuevo León se le exhorta para que instruya al procurador general de justicia, a que los agentes del Ministerio Público de la entidad integren de forma completa, objetiva e imparcial, las actas y averiguaciones previas iniciadas por hechos como los del presente caso. Igualmente, que colabore ampliamente con la CNDH en el procedimiento administrativo de investigación que inicie ante la visitaduría general de la procuraduría estatal, en contra de los servidores públicos adscritos a esta dependencia.

La Recomendación 45/2010 puede ser consultada en la página de Internet de la CNDH, www.cndh.org.mx

FUENTE: CNDH de México.