MEXICO: Recomendación 64/2012 por violación del derecho a la protección de la salud

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió la Recomendación 64/2012, dirigida al Instituto de Seguridad y Servicios de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), por una violación al derecho a la protección de la salud de las personas, por desabasto de medicamentos.

Es el caso de un derechohabiente que falleció de un infarto, mientras esperaba a que le surtieran su receta en la farmacia de la Clínica Hospital «Ciudad Victoria» de ese instituto en Tamaulipas.

El paciente de 57 años de edad tenía antecedentes de hipertensión arterial, insuficiencia cardiaca, cardiopatía isquémica, evento vascular cerebral, operado de bypass iliaco femoral izquierdo por trombosis y con probable diabetes mellitus tipo 2.

Había acudido a la farmacia de la mencionada clínica hospital con la finalidad de que le fueran surtidos los medicamentos que le habían sido prescritos.

El fallecimiento ocurrió luego de una discusión que tuvo el paciente con el director del hospital, debido al desabasto de los medicamentos por los que había esperado más de dos horas.

En su investigación, este Organismo público autónomo contó con elementos que permitieron poner en evidencia transgresiones a los derechos humanos a la protección de la salud y a un trato digno, en agravio de la víctima, atribuibles a ese funcionario de la clínica.

Por ello, la CNDH pide a la Dirección General del ISSSTE reparar el daño ocasionado a los familiares del agraviado, con motivo de la responsabilidad institucional en que incurrió el personal del hospital mencionado.

Se solicita diseñar e impartir un Programa Integral de Educación, Formación y Capacitación en materia de derechos humanos y sus implicaciones en la protección a la salud, a la totalidad de los servidores públicos de los hospitales del Instituto, especialmente a los que tengan actividades relacionadas con el abastecimiento de medicamentos en ese hospital.

Garantizar que la farmacia de dicho nosocomio esté debidamente abastecida con los medicamentos contemplados en el Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos, para que los derechohabientes continúen con el plan de manejo que les sea indicado y así dar cumplimiento a la obligación de progresividad del derecho a la protección de la salud y su correlativa prohibición de regresividad.

Colaborar ampliamente con esta Comisión Nacional en el trámite de la queja que promueva ante el Órgano Interno de Control en este Instituto, en contra de los servidores públicos que intervinieron en los hechos.

El texto íntegro de esta Recomendación puede ser consultado en la página www.cndh.org.mx

 

FUENTE: Comisión Nacional de Derechos Humanos de México