MÉXICO: Llama Ombudsman Nacional a las Autoridades a cumplir con las obligaciones del Comité contra la discriminación de la ONU, en favor de Afromexicanos

Propuso un Plan de Acción para reforzar el trabajo en pro del reconocimiento, justicia y desarrollo de afrodescendientes en el país. Dijo que los retos en materia de derechos humanos son visibilizar a esas personas y reconocerlas constitucionalmente; su exclusión es una violación a sus derechos fundamentales

El Ombudsman nacional, Luis Raúl González Pérez, demandó al Estado mexicano cumplir con las observaciones específicas hechas por el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de la ONU, en favor de las casi 400 mil personas afromexicanas que hay en el país. Asimismo, dio a conocer un Plan de Acción tendente a fortalecer el trabajo en favor del reconocimiento constitucional, la justicia y el desarrollo de los afrodescendientes en México.

Subrayó que los retos en materia de derechos humanos de las personas afrodescendientes en nuestro país son que deben ser visibilizadas y reconocidas, ya que no hacerlo es una forma de exclusión y ésta es una violación a los derechos fundamentales.

mexico

Al participar en el panel “A 50 años de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial: Retos y Perspectivas”, dentro del Foro Internacional “Discriminación Racial y
Afrodescendientes en México”, González Pérez puntualizó que únicamente los estados de Oaxaca y Guerrero han incluido en sus constituciones locales a las personas afromexicanas, lo que significa su reconocimiento como persona jurídica titular de derechos específicos.

Destacó que la reforma constitucional de 2011 en materia de derechos humanos no incluye un reconocimiento de la personalidad jurídica colectiva de los pueblos afrodescendientes y el principio de autoidentificación de sus integrantes, a pesar de que se amplió el rango de cumplimiento de los instrumentos internacionales de derechos humanos, favoreciendo el principio pro homine.

Sin embargo, expresó que aun cuando no se tenga ese reconocimiento constitucional de manera expresa, a la luz del artículo

1° de la Constitución Mexicana, que prohíbe toda discriminación
motivada por origen étnico o nacional, en relación con el 2°, que reconoce el carácter pluricultural de la nación mexicana, el Estado debe continuar con la implementación de políticas públicas para
reivindicar los derechos de las comunidades afromexicanas.

González Pérez apuntó que además de la interpretación de la Carta Magna, otra forma de validar esos derechos sería mediante la interpretación de los tratados internacionales en la materia.

Mencionó que la población afrodescendiente posee particularidades y es titular de los derechos reconocidos en el Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales por lo cual México, como parte de dicho convenio, está obligado a reconocer la personalidad jurídica de los pueblos afrodescendientes, en los mismos términos en que se reconoce la de los pueblos indígenas en la propia Constitución General.

El Ombudsman nacional manifestó que las instituciones nacionales de derechos humanos deben ser un aliado más en favor de las poblaciones afrodescendientes e indígenas, mismas que, como práctica generalizada, han sido discriminadas, en la mayoría de los casos, por omisión y desconocimiento de los usos y costumbres. Por ello expresó que la Federación Iberoamericana del
Ombudsman (FIO) articulará los esfuerzos que dichas instituciones realicen a nivel continental.

Entre las observaciones específicas relacionadas directamente con las personas afrodescendientes, hechas al Estado mexicano por el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, están: determinar métodos de medición de resultados de la implementación
de políticas públicas que permitan evaluar el alcance de su institucionalidad y la toma de medidas, inclusive de indicadores de derechos humanos; se proporcione información sobre los afrodescendientes, su participación política y medidas especiales o de acción afirmativa.

También, considerar el reconocimiento étnico de dicha población, como sujeto de derecho individual y colectivo; derecho a la identidad cultural propia; derecho a tener, mantener y fomentar sus propias formas de organización, modo de vida, cultura, tradiciones y manifestaciones religiosas; derechos de mantener y usar sus propios idiomas, a participar libremente y en igualdad de condiciones en la vida política, social, económica y cultural, así como en el diseño, aplicación y desarrollo de sistemas y programas de educación.

Entre las actividades a realizar en el Plan de Acción, González Pérez mencionó: sensibilizar mediante capacitación a funcionarios públicos involucrados en la planeación y programación de política pública; campaña tendente a evitar la difusión de ideas de superioridad o inferioridad, que traten de justificar la violencia, odio o discriminación contra afrodescendientes; difundir folletos para la divulgación, conocimiento y sensibilización del tema; trabajar con dependencias gubernamentales en favor del reconocimiento, justicia y desarrollo de los afrodescendientes en México; sensibilizar a los miembros de esas comunidades sobre la importancia de su participación en la vida pública y política.

De igual manera, incidir para que participen en la concepción y planificación de programas y proyectos de salud; generar información sobre la situación económica y social de la población afrodescendiente; generar indicadores de impacto de las políticas públicas y programas sociales, y promover, mediante las nuevas tecnologías, la tolerancia y el respeto a la dignidad humana, así como a la igualdad y no discriminación.

González Pérez compartió este amplio panel con Manuel María Páez Monges, Presidente de la FIO; Mercedes Peláez Furrusca, Directora General de Estrategias para la Atención de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación; Mariana Olivera, Directora General Adjunta de Política Interior sobre Derechos Humanos II de la Secretaría de Relaciones Exteriores; José Francisco Cali Tzay, Presidente del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de la ONU; Daniel Ponce Vázquez, Director General Adjunto de Vinculación, Programas Educativos y Divulgación del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación; Carolina Jiménez Sandoval, Directora Adjunta de Investigación para las Américas de Amnistía Internacional, y Mónica María Pérez Granados, del Instituto Interamericano de Derechos Humanos

FUENTE: La Comisión Nacional de Derechos Humanos de México