Por instrucciones de su presidente, doctor Raúl Plascencia Villanueva, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ejerció su facultad de Investigación de Violaciones Graves a los Derechos Humanos, en el caso del enfrentamiento registrado el pasado 9 de julio durante el desalojo de un grupo de personas pertenecientes principalmente a la comunidad de San Bernardino Chalchihuapan, Puebla, de la autopista Puebla-Atlixco, por elementos de la Policía Estatal Preventiva adscritos a la Secretaría de Seguridad Pública de esa entidad federativa.
El Ombudsman nacional acordó tramitar el expediente como Investigación de Violaciones Graves a los Derechos Humanos, dado que la naturaleza de los acontecimientos resultaron de especial gravedad, trascendiendo el interés de la entidad federativa e incidir en la opinión pública nacional, por actos que vulneraron los derechos a la vida, integridad física y seguridad de las personas agraviadas.
La CNDH tuvo conocimiento por los medios de comunicación, que en esa fecha se generó un enfrentamiento entre elementos policiales del estado de Puebla y manifestantes al momento de intentar dispersarlos a fin de liberar la vialidad, cuyo resultado fue que un menor de 13 años perdiera la vida, 9 personas civiles fueran lesionadas de diversa gravedad, al menos 40 policías presentaran heridas, y existiera un número indeterminado de personas agraviadas.
Con fundamento en los artículos 1, párrafos primero, segundo y tercero; 102, apartado B, de nuestra Constitución; y 6, fracción XV, de la ley de la CNDH, este Organismo público autónomo inició el expediente respectivo y atrajo el iniciado por la Comisión de Derechos Humanos del estado de Puebla.
El doctor Plascencia Villanueva, ordenó radicar la investigación, notificar a las autoridades señaladas como presuntamente responsables, solicitar se rindan los informes en términos de ley, y que personal de ésta Comisión Nacional lleve a cabo todas las diligencias, visitas de campo, certificaciones, entrevistas, consultas de archivos y demás actuaciones necesarias para la debida investigación de los hechos. En el momento oportuno, la Comisión Nacional emitirá la determinación que corresponda conforme a sus atribuciones constitucionales.
FUENTE: Comisión Nacional de los Derechos Humanos de México