MÉXICO: La CNDH emite la Recomendación 3/2015 a la Secretaría de Marina

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió la Recomendación 3/2015, dirigida al Almirante Vidal Francisco Soberón Sanz, Secretario de Marina, por la detención arbitraria, retención ilegal, tortura y trato indigno en agravio de dos personas en Matamoros, Tamaulipas, y quienes actualmente se encuentran internas en el Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) número 5 «Oriente», en Villa Aldama, Veracruz.

De acuerdo con las constancias del expediente, los hechos ocurrieron el 27 y 28 de septiembre de 2010, cuando elementos de la Secretaría de Marina los detuvieron en distintas acciones de investigación como respuesta a una denuncia anónima, en las cuales aprehendieron a varias personas que, a decir de los efectivos militares, pertenecían a un grupo delictivo y portaban armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea nacionales.

Los agraviados, detenidos en distintos lugares de la ciudad de Matamoros, denunciaron violencia física y psicológica en su contra, antes de ser puestos a disposición de la autoridad ministerial.

A la fecha de elaboración del presente pronunciamiento, la CNDH no había recibido constancia alguna en el sentido de que se hubiera iniciado la averiguación previa en la Procuraduría General de la República y/o procedimiento de Investigación administrativa contra los elementos de la Secretaría de Marina.

Este Organismo nacional subraya la necesidad de que el Estado mexicano, a través de sus instituciones públicas, cumpla con eficacia el deber jurídico de prevenir la comisión de conductas delictivas e investigar los delitos con los medios a su alcance en el ámbito de su competencia, para identificar a los responsables y lograr que se les impongan las sanciones legales correspondientes, sin que con motivo de ello se vulneren los derechos humanos.

Del análisis lógico jurídico realizado al conjunto de evidencias que integran el correspondiente expediente de queja, la CNDH cuenta con elementos que permiten acreditar transgresiones a los derechos humanos de ambas personas, específicamente a la integridad, seguridad personal y al trato digno, por hechos consistentes en detención arbitraria, retención ilegal y tortura, atribuibles a elementos de la Secretaría de Marina.

Entre las conductas señaladas por los quejosos están: haber sido golpeados con objetos contundentes, permanecer amarrados de pies y manos, vendados de los ojos, haber recibido descargas eléctricas y que les fueron colocadas bolsas en la cabeza para tratar de asfixiarlos, lo que fue corroborado por visitadores adjuntos de este Organismo nacional en los correspondientes dictámenes médicos. También dijeron haber sido amenazados con ser privados de la vida y atentar contra sus familiares.

La CNDH considera necesario pronunciarse sobre la incompatibilidad que existe entre el uso de técnicas aptas para producir daños físicos y psicológicos en las personas, en las labores de investigación de delitos y el respeto de los derechos humanos, así como los principios que deben regir la actuación de las autoridades, ya que el uso de tales técnicas no es congruente con el respeto a la dignidad de las personas y constituyen una actuación ilegal de la autoridad.

En razón de lo anterior, este Organismo nacional solicita al Secretario de Marina reparar el daño a las dos víctimas, otorgar atención por las secuelas que pudieran presentar como resultado de las acciones de servidores públicos de la SEMAR, colaborar en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que la CNDH formulará ante la Procuraduría General de la República y ante la Unidad de Inspección y Contraloría General de dicha Secretaría.

Asimismo, emitir instrucciones para que los elementos de ese instituto armado respeten los derechos humanos y observen el orden jurídico en operaciones contra la delincuencia organizada, y pongan a las personas detenidas sin demora a disposición de la autoridad ministerial.

Esta Recomendación, que ya fue debidamente notificada al Secretario de Marina, puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx

 

FUENTE: Comisión Nacional de los Derechos Humanos de México