MÉXICO D.F.: La CDHDF presentó al Senado de la República consideraciones a la Iniciativa del Ejecutivo Federal sobre Ley de Protección a los DDHH de Niñas, Niños y Adolescentes

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) presentó al Senado de la República diversas consideraciones sobre la iniciativa del Ejecutivo Federal que expide la Ley General para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y reforma diversas disposiciones de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.

En el documento, dirigido al Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, Miguel Barbosa Huerta, que fue entregado el pasado 12 de septiembre, la CDHDF reconoce la pertinencia de modificar, actualizar y perfeccionar el marco jurídico que protege los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes.

Añade que la Iniciativa del Ejecutivo Federal ha abierto un debate público, donde han participado Organismos Internacionales y Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) especializadas en el tema, por lo que la CDHDF saluda los procesos de participación garantizados por las Comisiones Dictaminadoras del Senado.

En ese sentido, el organismo autónomo presenta diversas consideraciones con el fin de aportar argumentos al debate sobre la consideración de cuál debe ser el marco normativo del país en materia de protección a los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes.

Entre las principales observaciones que la CDHDF puso a consideración de las Comisiones Dictaminadoras están las siguientes:

1. La ausencia en la Iniciativa del reconocimiento de niñas, niños y adolescentes como personas sujetas de derechos, que conforme a su edad, requieren de una protección especial por parte del Estado y de la sociedad.

2. La responsabilidad del Estado, en todos sus niveles de gobierno, de ponderar el principio del Interés Superior de la Niñez como eje rector de la política pública; sin embargo, esta Comisión considera que para ponderar dicho principio es elemental establecer mecanismos adecuados que garanticen que la opinión de niñas, niños y adolescentes sea considerada y valorada en todas las decisiones que afecten sus derechos.

3. La Comisión nota con preocupación, la ausencia de políticas públicas específicas para las niñas y las adolescentes. La discriminación por razones de género sigue siendo un factor latente en esta sociedad que vulnera sus derechos. Una sociedad democrática e igualitaria, requiere garantizar desde este marco normativo en construcción, el principio de igualdad de género, que desarrolle normatividad específica y medidas especiales de protección para el ejercicio de los derechos de las niñas y las adolescentes.

4. Se identifica en la Iniciativa, la prevalencia de un enfoque asistencial y tutelar en el diseño del marco normativo y la política pública que regularán los derechos de niñas, niños y adolescentes; por lo que la Comisión propone avanzar a un enfoque garantista, con perspectiva de derechos humanos, género e infancia que logren reflejar una visión holística de cómo se deben de proteger de manera integral sus derechos.

5. La ausencia de un marco normativo que proteja a niñas, niños y adolescentes en contextos de movilidad humana, entendiendo que si bien hoy en día se encuentran visibilizados algunos de los problemas que enfrentan en los procesos migratorios, esta iniciativa no refleja un diseño institucional con medidas pertinentes que logren una coordinación eficaz para adoptar medidas de protección especial que sean adecuadas y no partan de un enfoque de seguridad, sino de protección.

6. En torno a las medidas que se establecen para atender el problema de la violencia en el ámbito escolar, esta Comisión considera se debe evitar el enfoque punitivo de las y los integrantes de las comunidades educativas, principalmente cuando se trata de niñas, niños y adolescentes. En este sentido, propone fortalecer el enfoque de derechos humanos que permita prevenir, atender y erradicar el problema desde la educación para la paz y la solución no violenta de conflictos.

7. La Comisión reconoce como un avance el planteamiento de un Sistema Nacional de Protección, no obstante, considera que dicho sistema debe ajustarse a los estándares y criterios ya establecidos por el Comité de los Derechos del Niño. Particularmente, preocupa la falta de claridad respecto de los mecanismos y alcances para garantizar la participación de la Sociedad Civil. De igual forma, aunque se establece la posibilidad de que niñas, niños y adolescentes podrán participar, falta un mayor desarrollo sobre las modalidades para garantizar esta participación.

8. En relación a la Procuraduría de Protección, si bien se crean dentro de la estructura del Sistema Nacional que preside la Secretaría de Gobernación, no se establece con claridad cuál es la relación que tiene con el Sistema Nacional del Desarrollo Integral de la Familia (DIF); si es una autoridad con facultades independientes o si bien, la Procuraduría se encuentra subordinada al Sistema Nacional del DIF. Particularmente porque el nombramiento del Procurador Federal es aprobado por la Junta de Gobierno del Sistema Nacional del DIF, a propuesta de su titular.

La CDHDF estará pendiente de este proceso, en pleno respeto de facultades y con la visión de derechos humanos en un ejercicio constructivo.

 

FUENTE: Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal de México