MEXICO D.F.: Exhorta Congreso de la Unión a Gobierno Federal para que los detenidos no sean exhibidos ante los medios de comunicación

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión aprobó un punto de acuerdo a través del cual «Exhorta al Gobierno Federal a no presentar ante medios de comunicación electrónicos e impresos a presuntos delincuentes vinculados con bandas criminales, hasta en tanto no se haya expedidos resolución en firme de autoridad jurisdiccional que acredite responsabilidad penal en la comisión del delito o delitos que se les imputa».

El argumento principal esgrimido por los diputados y senadores que integran la Comisión Permanente, radica en que dicha práctica seguida por las instituciones encargadas de la seguridad pública y la investigación de los delitos viola derechos fundamentales como la presunción de inocencia, el derecho a la defensa adecuada, el derecho de las personas detenidas a no auto incriminarse e incluso a no ser víctimas de tratos crueles, inhumanos o degradantes.

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal se congratula ante la posición asumida por el Congreso de la Unión. En la Recomendación 3/2012 enfatizamos que la exhibición de personas detenidas ante medios de comunicación y la opinión pública es contraria a los derechos humanos y genera juicios paralelos del orden mediático, a través de los cuales se incurre incluso en la desinformación ante la sociedad, pues es común que las personas exhibidas sean liberadas o declaradas inocentes por las instancias jurisdiccionales.

El estándar de protección de los derechos reproducido en el punto de acuerdo por la Comisión Permanente es el adecuado. En tanto las personas no sean declaradas culpables por las autoridades jurisdiccionales les aplica la presunción de inocencia y por ello deben ser tratadas como personas inocentes.

La CDHDF, considera que la efectividad en las políticas de seguridad pública y combate al crimen no pueden ser medidas por el número de detenciones, pues se repite es constante que las personas exhibidas ante los medios de comunicación son puestas en libertad, por lo que ello no constituye una información veraz para la sociedad en su conjunto. La efectividad en las investigaciones y acusaciones formuladas por las procuradurías en contra de personas probables responsables del delito, debe medirse en base al número de condenas irrevocables emitidas por las instancias jurisdiccionales, ya que es el único mecanismo que comprueba que las acusaciones e investigaciones formuladas fueron hechas de manera adecuada.

El artículo 1º de la Constitución Política Mexicana obliga a todas las autoridades de los distintos órdenes de gobiernos y poderes (ejecutivos, legislativo y judicial) a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. El llamado de la Comisión Permanente es congruente con esta obligación constitucional. Ya con anterioridad el Subcomité para la Prevención de la Tortura de la ONU, en su informe sobre su visita a México constató:

107. La delegación observó en la Secretaría de Seguridad de Jalisco una «sala de prensa» donde se convoca a los medios de comunicación colectiva para la exhibición pública de personas detenidas administrativamente por la supuesta comisión de delitos. Esta no es una práctica aislada. Según las alegaciones recibidas, se utiliza tanto en el ámbito policial, como ante los agentes ministeriales. La delegación pudo ver en los noticieros situaciones similares en otras zonas del país. Esta práctica, no sólo es una violación flagrante del debido proceso legal y del principio de presunción de inocencia, sino que además constituye un trato degradante al imponerles a los detenidos, sin juicio alguno, una sanción que, además, no está prevista en la ley. Algunas de las personas entrevistadas habían sido víctimas de esta realidad y les explicaron a los miembros de la delegación cómo habían tenido que enfrentarse a una discriminación desorbitada por parte de diversos sectores de la sociedad.

En virtud de lo anterior, el Subcomité recomendó desde mayo del año 20120 al Estado mexicano lo siguiente:

114. El SPT recomienda al Estado revisar y eliminar la práctica generalizada de exhibir públicamente en medios de comunicación colectiva a personas privadas de libertad que todavía no han sido condenadas ni prevenidas de sus derechos y de defensa legal, ya que ese tipo de exposición no sólo favorece su incriminación, sino un trato cruel, inhumano y degradante.

En este orden de ideas y dado que la exhibición de personas detenidas ante los medios de comunicación y la opinión pública constituye un trato cruel, inhumano y degradante y violenta derechos humanos básicos del debido proceso como lo es la presunción de inocencia y la defensa adecuada, la CDHDF en el ámbito de sus atribuciones reitera el contenido de la Recomendación 3/2012 y espera que siguiendo con la buena práctica establecida por el Congreso de la Unión, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal haga lo propio y exhorte a las instancias capitalinas de seguridad pública y procuración de justicia para que eviten la exhibición ante medios de comunicación de las personas detenidas.

FUENTE: Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal de México