HONDURAS: La aplicación en casos en territorio Nacional del CONADEH

– El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos debe actuar de conformidad a su misión constitucional de velar por la efectividad y el respeto de los derechos humanos y libertades fundamentales de los habitantes, así como por el fortalecimiento del Estado de Derecho. Misión que, para ser cumplida con eficacia, requiere realizarse con la independencia que la ley y las normas internacionales atribuyen al Comisionado, tanto frente a los poderes públicos como a personas, grupos o sectores determinados.

– En consecuencia, el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos debe desempeñar sus funciones con plena autonomía en la defensa de los derechos fundamentales y fortalecimiento del Estado de Derecho, utilizar medios propios y gozar de absoluta independencia para determinar que personas necesitan de su protección.

– El Comisionado está obligado a prestar atención inmediata y dar seguimiento a cualquier denuncia sobre violación de los derechos humanos y a solicitar información concreta sobre ella, a cualquier autoridad o poder, teniendo presente que no debe interferir en el curso de los procesos judiciales y que sus tareas (de acuerdo con la Ley Orgánica y los estándares internacionales fijados por el sistema interamericano de derechos humanos) deben limitarse a velar por el libre acceso de las personas a la justicia y por que los órganos jurisdiccionales garanticen el cumplimiento del conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales a efecto de que las personas estén condiciones de defender adecuadamente sus derechos (debido proceso) y actúen conforme al principio general de independencia e imparcialidad y de celeridad procesal(debida diligencia).

honduras

– Al Comisionado, en todo el territorio nacional, acuden igualmente personas afectadas por la situación de violencia que afecta a nuestro país y que buscan protección para asegurar su vida e integridad y también las de su familia. El Comisionado debe asegurarles protección de sus derechos humanos, sin discriminación, logrando la diligencia debida y el apoyo activo y efectivo de toda la institucionalidad pública del Estado y el apoyo de la sociedad.

Conclusión y Recomendaciones.

Reconocer el comportamiento abierto y respetuoso del Gobierno en cuanto a las recomendaciones del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, como INDH, y sobre esa base formularle las siguientes:

– Que en su responsabilidad directa de garantizar la vida e integridad de las personas, habilite instalaciones permanentes para alojar temporalmente a personas que requieran de medidas de seguridad para cuando sientan amenazadas su vida e integridad.

– Que en la misma dirección, proceda también a dotar de los recursos necesarios a la Comisión Interinstitucional para la Protección de las Personas Desplazadas por la Violencia, creada mediante Decreto Ejecutivo PCM-053-2013, para que comience a cumplir eficazmente su objetivo de impulsar la formulación de políticas y la adopción de medidas para la prevención del desplazamiento forzado por la violencia, así como para la atención, protección y soluciones para las personas desplazadas y sus familiares.

Recomendar asimismo a la sociedad hondureña:

– Que tenga presente la responsabilidad del CONADEH de velar por los derechos humanos y libertades fundamentales para todas y todos los habitantes; así como la independencia del CONADEH para hacerlo siempre respetando la institucionalidad pública y la vigencia del Estado Democrático de Derecho.

– Que, el CONADEH, en todo el territorio nacional, debe recibir, escuchar y atender a quienes necesiten sus servicios humanitarios pero sus instalaciones no están habilitadas para dar alojamiento. la situación excepcional que se produjo tiene y tendrá siempre ese carácter y no creará precedente válido para ser invocado, pues se debe tener presente el normal funcionamiento del CONADEH que debe atender miles de quejas o denuncias de todas y todos los habitantes, sin discriminación, y con atención especial a los sectores más desfavorecidos o en condiciones de vulnerabilidad.

Instruir
– Al CONADEH, en todo el territorio nacional, a recordar y tener presente estos lineamientos del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, sustentados en la Ley Orgánica y los parámetros internacionales que rigen las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos.

FUENTE: El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos de la República de Honduras