HIDALGO: Enérgico rechazo a la presentación de mujer imputada

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo (CDHEH), expresa su enérgica condena a la forma en la que fue presentada a los medios de comunicación Nayeli Soledad Reyes Briones, a quien se le imputa la privación de la vida de dos menores de edad, por considerar que este hecho atenta contra los Derechos Humanos protegidos por la Constitución General de la República, cuyo principio pro persona reconocido en su artículo 1°, establece que las normas relativas a los Derechos Humanos se interpretarán favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia, y por el cual se obliga a todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, a promover, respetar, proteger y garantizar los Derechos Humanos.


Este organismo defensor considera que la presentación realizada por el Secretario de Seguridad Pública del estado, violenta el derecho de toda persona imputada establecido en el inciso primero del Apartado B, del artículo 20 Constitucional, de presumir su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el Juez de la causa; así como el señalado en la fracción II, que prohíbe toda intimidación, en este caso la que se genera por una presentación pública frente a los medios de comunicación.

A juicio de esta Comisión, en el caso señalado, se denigró la condición de mujer de la persona imputada al exhibírsele públicamente en torno de una tragedia que evidencia diversos elementos de condiciones económicas y culturales que hoy producen la descomposición social en la cual se desarrollaron hechos tan lamentables, por ello advierte también que el tratamiento de estos casos debe hacerse con una perspectiva de género.

El Ombudsman hace un respetuoso llamado a la Secretaría de Seguridad Pública de Hidalgo para que, en el cumplimiento de sus funciones, actúe como lo mandata el artículo 21 Constitucional, regido por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los Derechos Humanos constitucionalmente reconocidos, con lo cual se evitará un exceso en las funciones de investigación que el propio artículo le señala, y en cuya actuación siempre deberá estar bajo la conducción y mando del Ministerio Público.

De esa forma se evitará el entorpecimiento del desarrollo de la investigación y del proceso penal, como en el presente caso cuando, al ser presentada la detenida, el Secretario de Seguridad señaló que estaba confesa; sin embargo, al no haber sido rendida con la asistencia de un defensor y ante la presencia del Ministerio Público o del Juez, la confesión carece de todo valor probatorio, según lo establecido en el propio artículo 20 constitucional.

Asimismo, se sugiere atentamente a todas las autoridades encargadas del tema de seguridad pública, analizar las disposiciones que a este respecto ha determinado la Procuraduría General de la República (PGR), y las observaciones emitidas por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), relativas a la cancelación de la práctica de presentar a los imputados, hasta el momento procesal oportuno.


FUENTE: Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo