GUANAJUATO: Celebran Coloquio «Derechos Humanos y sus Reformas en la Constitución»

La reforma constitucional en materia de derechos humanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 10 de junio de 2011, puede cambiar de manera profunda la forma de concebir, interpretar y aplicar tales derechos en México, aseguró el Doctor Miguel Carbonell Sánchez, quien participó como ponente en el Coloquio «Derechos Humanos y sus Reformas en la Constitución».

Durante este evento organizado por la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato, el integrante del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, agregó que una de las principales novedades de esta reforma, tiene que ver con la prohibición de la discriminación por causa de «preferencias sexuales». Antes el texto constitucional se refería simplemente a la prohibición de discriminar por «preferencias», lo que generaba ambigüedades.

Carbonell destacó la obligación de los servidores públicos que no acepten recomendaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos o de las respectivas comisiones estatales a fundar y motivar su negativa, así como hacerla pública ante el Poder Legislativo.

Dijo que a partir de estas modificaciones, las comisiones de derechos humanos podrán conocer de quejas en materia laboral. Solamente quedan dos materias en las cuales resultan incompetentes: los asuntos electorales y los jurisdiccionales.

Señaló que faculta además, a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para realizar la investigación de violaciones graves de derechos humanos. Esta reforma, dijo Carbonell, también deja atrás (al menos en parte) el anticuado concepto de «garantías individuales», por el «de los derechos humanos y sus garantías».

En vez de «otorgar» los derechos, ahora simplemente los «reconoce». A partir de esta reforma se reconoce que toda persona «goza» de los derechos y de los mecanismos de garantía reconocidos tanto por la Constitución como por los tratados internacionales.

El investigador agregó que se incorpora en el párrafo segundo del artículo primero constitucional el principio de interpretación «pro personae», muy conocido en el derecho internacional de los derechos humanos y en la práctica de los tribunales internacionales encargados de la protección y tutela de los mismos.

Esta nueva norma, establece también la obligación del Estado mexicano de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. De esta forma queda claro que todo derecho humano «reconocido» por la Constitución y los tratados internacionales generan obligaciones para las autoridades mexicanas, con independencia del nivel de gobierno que ocupen.

Una de las finalidades de la educación que imparta el Estado mexicano, deberá ser el respeto a los derechos humanos, de acuerdo con lo que a partir de la propia reforma señala el artículo tercero constitucional. Otorga rango constitucional al asilo para que toda persona que sea perseguida por motivos políticos y reconoce de la misma forma el «derecho de refugio» para toda persona por razones de carácter humanitario.

Miguel Carbonell manifestó que el nuevo marco normativo, establece que el respeto a los derechos humanos es una de las bases sobre las que se debe organizar el sistema penitenciario nacional.

Dijo que tomando como base lo que señala la Convención Americana sobre Derechos Humanos, se modifica el artículo 33 constitucional, para efecto de modular la facultad del Presidente de la República para hacer abandonar el territorio nacional a las personas extranjeras. Anteriormente esa facultar se ejercía de forma absolutamente arbitraria.

FUENTE: Procuraduría de Derechos Humanos del Estado de Guanajuato