Desde la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, y en relación a la sanción por la Cámara de Diputados de Nación del Proyecto, que amplía el derecho al sufragio entre los 16 y los 18 años, que ya fue promulgado en el día de ayer por el Ejecutivo Nacional, Institucionalmente, se respaldó dicha medida, fundándose esta posición, no solamente en razones jurídicas, sino también antropológicas, esto es, analizando esta cuestion, a la luz del contexto cultural y social en que se desarrollan actualmente nuestros jóvenes.
El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, expreso que lo aprobado por la Cámara de Diputados no posee ninguna limitación constitucional, toda vez que el voto no es obligatorio hasta los 18 años, y de ese modo se respetan absolutamente las Clausulas de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Por otro lado existen una serie de estudios de la Unesco que nos demuestran, que el periodo de mayor creatividad en el ser humano, se da entre los 14 y 25 años.
Agrego que, como siempre existen sectores interesados que nos quieren confundir, con que esta posibilidad que se le ha otorgado a los jóvenes a partir de los 16 años se relaciona a cuestiones que hacen a su capacidad civil, pero ello no es así, en todo caso más adelante se podrá o no abordar esa temática; esta decisión constituye un proceso de avance de nuestra democracia, ya que los jóvenes de 16 años, tienen cada día una participación mayor en el quehacer político de nuestro país y eso es relevante y positivo.
Asimismo considero, que los partidos políticos; en lugar de enfrentarse y desafiarse entre ellos mismos, sería mucho más productivo que en el recinto del Congreso se hubieran podido escuchar también otras posiciones, toda vez que el próximo año tendrán que convencer a esa franja etaria que se incorpora al padrón electoral para que los vote.
Debemos entender entonces, que los jóvenes de 16 a 18 años, son ciudadanos que todos los días hacen uso de servicios públicos, como el transporte, la energía, el agua, que demandan también participación en las decisiones de políticas públicas que les permitan un mayor y mejor acceso a la educación, a la salud, seguridad pública, y en todo esto, estamos convencidos que tienen y ejercerán maduramente y como corresponde la capacidad que se les ha otorgado por Ley para votar a los candidatos que les parezcan más convincentes a sus exigencias y necesidades.
FUENTE: Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa