FORMOSA: La Defensoría del Pueblo informa del aumento de los casos de ciberbullyng o ciberacoso

Desde la Defensoría del Pueblo, se informo que el acoso y maltratos entre niñas, niños y adolescentes, siempre ha estado presente de alguna manera en la vida escolar, colegios y facultades. En la mayoría de las escuelas siempre hay un chico o grupo de chicos que molesta a otro, lo acosan y aquello que comenzó siendo una broma se puede transformar en un problema para la víctima y su familia.

Lamentablemente esta clase de problemas siguen existiendo en el ámbito escolar y actualmente el Organismo de la Constitución Provincial, viene recepcionando, diferentes casos y en los cuales los jóvenes caen en profundas depresiones, no quieren asistir a sus clases y los padres no encuentran las herramientas necesarias para enfrentar esta situación que hasta en nuestro medio, se está llegando a denunciar en los Juzgados Criminales Ordinarios de la Provincia.

El E-Bullying o ciberbullyng no es más que el acoso cibernético entre pares. Es la utilización de herramientas de las nuevas tecnologías para el maltrato, agresión y atemorización de pares. En estos casos, quienes ejercen conductas violentas contra los niños son otros niños o personas menores de edad y también se dan casos de jóvenes mayores o adultos.

El medio con el que se produce el E-Bullying, puede ser la transmisión de mensajes de texto a celulares, imágenes tomadas con las cámaras de los teléfonos, e-mails bajo una identidad falsa, grupos de debate en línea y páginas Web dedicadas a la victimización de una persona específica. Las consecuencias de este abuso son devastadoras. Es así que aquellas herramientas que los chicos utilizan para mantenerse comunicados se transforman en un objeto que facilita el acoso.

En este contexto, tenemos que, Internet es un medio donde las personas, en parte por preservar su intimidad, y en parte por las características del mismo -falta de interacción cara a cara, distancias geográficas y culturales entre usuarios, etc.- utilizan nicks y muchas veces, inventan perfiles y características personales falsas. De hecho muchas veces los adolescentes también agregan datos falsos a sus perfiles para parecer más grandes o bien para agradar más a un conocido. El problema es cuando un usuario decide crear una persona que no existe con datos falsos con la finalidad de acosar y maltratar a otra, sin considerar las graves consecuencias que este acto puede acarrear.

En algunos casos, el escudo que provee el anonimato puede favorecer actitudes agresivas, insistentes y de carácter amenazante por parte de la persona anónima, que puede ser también un niño o niña.

Desde la Defensoría del Pueblo frente a estos hechos, que en nuestro medio, son cada vez más frecuentes es necesario que hablemos de los «delitos informáticos», es decir los ilícitos cometidos a través de la informática y que se pueden relacionar a la intimidad, a la libertad, la indemnidad sexual de las personas y en donde internet es el instrumento que justifica un tratamiento diferenciado por el derecho penal material como por el procesal. En nuestro orden jurídico está vigente la Ley N º 26.388 que modifica e incorpora figuras típicas a diversos artículos del Código Penal, con el objeto de regular las nuevas tecnologías como medio de comisión de delitos ya previstos.

Frente a esta problemática, el Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, expreso que existen una serie de inconvenientes para determinar las responsabilidades, no obstante desde nuestra óptica Institucional y en relación a los casos que venimos llevando, sugerimos para: a) los niños y adolescentes utilización de pseudónimos o nicks personales para evitar poner en peligro la intimidad y la vida personal del niño- ser cuidadoso con la información que se publica: no dar demasiada información personal en los blogs, foros comunes, etc.

En caso de publicar dirección de e-mail o abonado móvil hacerlo de la forma más reservada posible.- tener cuidado al publicar contenido audiovisual o grafico- no aceptar ni agregar como contactos a personas desconocidas- evitar el envío de imágenes o video a usuarios en lo que no se confían- dar aviso a los padres o mayores cuando adviertan alguna situación extraña o peticiones de carácter sexual, para: b) los padres/madres/tutores:- involucrarse en el uso que realizan los menores de Internet- instalar las computadoras u ordenadores en sectores o lugares comunes al alcance de los adultos- establecer un horario de uso para Internet- educar en el uso adecuado de la cámara web y del envío de material fotográfico y/o audiovisual.- supervisión: realizar un control de la tarea que realiza el niño en la computadora, sobre sus contactos, información que suministra, etc.- establecer comunicación entre los padres y los hijos sobre el manejo de la computadora y los servicios informáticos para que tomen conciencia de los riesgos que corren- instalar programas o software para evitar acceso a sitios pornográficos, violentos o similares- no destruir los archivos e información en caso de que exista un evidente acoso- en caso de que exista acoso denunciar el hecho e informar a los padres de los restantes compañeros y contactos y a las autoridades del colegio o lugar de estudio.

 

FUENTE: Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa