FORMOSA: Intervención de la Defensoría a favor de afiliados de la obra social del personal de la construcción

Se prioriza la atención en Centros de Alta Complejidad en nuestra ciudad para evitar desarraigos y otros perjuicios al paciente y a su familia, toda vez que la idoneidad de los profesionales y la infraestructura de salud local, es equiparable a los de cualquier Centro de referencia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

 

La Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa,  cursó formales Actuaciones a la Obra Social -OSPECON- Obra Social del Personal de la Construcción-, en virtud de los requerimientos de sus afiliados, quienes necesitaban en un caso, una intervención quirúrgica de alta complejidad, y en otro la provisión de audífonos, los cuales habían sido solicitados desde tiempo atrás, sin que la misma los haya otorgado, presentando un retraso injustificado en la entrega, lo que le estaba ocasionando un perjuicio mayor en la salud y calidad de vida de la afiliada solicitante.

En ese sentido, OSPECON a través de la Auditoria Medica ha resuelto autorizar la provisión de los mencionados elementos de audición para la beneficiaria, tomándosele los moldes para su inmediata entrega, lo que posibilitará su mejoramiento en la salud, calidad de vida e inserción a la sociedad, luego de las intimaciones realizadas desde el Organismo de la Constitución.

Por otro lado, con carácter urgente, se realizaron urgentes gestiones ante el área de Asesoría Legal de la mencionada Obra Social para la autorización de la intervención quirúrgica a la que debía ser sometida una afiliada en el Hospital de Alta Complejidad “Juan Domingo Perón” de nuestra ciudad, atento a que la misma por razones de urgencia y familiares, requería ser operada en ese nosocomio, donde ya venía siendo tratada por médicos especialistas, negándose la citada  a su evacuación a un centro de salud de otra jurisdicción. La complejidad de la cirugía no permitía dilación en el tiempo y debía ser llevada a cabo en un establecimiento de las características del Hospital “Juan Domingo Perón”.

La Obra Social mencionada, al no poseer Convenio de Prestación de Salud con el citado nosocomio sito en esta ciudad capital, después de una serie de trámites administrativos derivaría a la paciente a la ciudad de Buenos Aires; circunstancia ésta que agravaba la ya difícil situación de salud de la peticionante. Es aquí donde a través de una rápida intervención, por parte del Organismo de la Constitución por ante el Área Legal de la Obra Social, se obtuvo la aprobación y  autorización del presupuesto  otorgado por  el Hospital de Alta Complejidad “Juan Domingo Perón”, para la inmediata operación a favor de la requirente que presentaba una patología compleja.

Es que, afirmo el Defensor del Pueblo, no entender que una Obra Social, priorice una cuestión monetaria antes que un acompañamiento a sus afiliados, quienes solamente requieren, siempre respaldados en un criterio medico fundado y concordante, tener la posibilidad de que el tratamiento y cura en sus padecimientos de salud se realice en nuestra Provincia, tal el caso citado, donde la paciente estaba siendo tratada y tenía confianza plena en los profesionales médicos que la asistían.

Expreso además, que muchas veces la realización de trámites burocráticos  obstaculiza la rápida y necesaria asistencia, y causan un daño irreparable y sufrimiento en la salud de los afiliados, vulnerándose derechos fundamentales de raigambre constitucional como el derecho a la salud.

 

FUENTE: Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa