España: Solicitantes de nacionalidad por residencia

El Defensor del Pueblo recibe, desde hace años, miles de quejas referidas a las demoras en la resolución de los expedientes iniciados por los ciudadanos para adquirir la nacionalidad española por residencia.

Del análisis de las quejas se desprende que la demora en la resolución de expedientes afecta a ciudadanos que presentaron su solicitud desde 2010 en adelante, si bien la mayor cantidad de expedientes sin resolver se encuentra localizada en los años 2015-2017.
La recepción masiva de quejas en este sentido ha motivado que esta institución haya puesto en marcha distintas investigaciones ante la Administración, a fin de conocer con exactitud los problemas que han llevado a la situación de demora en la resolución de estos expedientes y las medidas de mejora adoptadas para evitar estas dilaciones.

La Administración ha venido reconociendo la demora existente y ha comunicado la adopción de distintas medidas que abarcan desde herramientas como el plan intensivo de nacionalidad a la suscripción de encomiendas de gestión. Sin embargo, el problema dista mucho de estar resuelto.

Entre las últimas medidas se encuentra la Encomienda de gestión suscrita entre el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España y el Ministerio de Justicia, para la tramitación de expedientes de nacionalidad por residencia del período 2016-2019. Dicha Encomienda fue publicada en el Boletín Oficial del Estado de 4 de junio de 2019. La Encomienda obliga al Colegio a tramitar los expedientes de nacionalidad por residencia hasta la puesta a disposición del Ministerio de Justicia, para la elevación del preceptivo informe propuesta de resolución, de todos los expedientes de nacionalidad por residencia del procedimiento antiguo (vigente antes de la obligatoriedad de la formalización electrónica de las solicitudes) que, debidamente digitalizados e incorporados por el Ministerio de Justicia al aplicativo informático facilitado por el Colegio de Registradores, hayan sido recibidos en la DGRN desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2019 y que se estima que aproximadamente alcanzarán un número total de 56.000. Se incluyen igualmente como parte de esta encomienda, los 6.915 expedientes que tuvieron entrada en el año 2015 y que no se contemplaron en las encomiendas suscritas el 3 de agosto de 2016 y el 20 de septiembre de 2017.

Por lo que se refiere a expedientes de años anteriores que no están en el ámbito de la mencionada Encomienda, esta institución se encuentra a la espera de recibir información sobre la evolución de los mismos.

En el procedimiento nuevo (vigente desde la obligatoriedad de la formalización electrónica de las solicitudes) son también numerosísimos los expedientes no resueltos, generalmente más allá del plazo legal de un año del que dispone la Administración para resolverlos.
La Administración ha comunicado que se ha puesto en marcha un plan de apoyo en el que participan funcionarios del Ministerio de Justicia que considera iba a contribuir a la resolución de los procedimientos pendientes.

Según los datos que se han podido conocer, desde el comienzo del plan intensivo de nacionalidad, una de las medidas adoptadas para la mejora de la gestión de los expedientes, se habían resuelto a fecha 1 de julio de 2019, 872.531 expedientes. No obstante, pese a lo elevado de esta cifra, los expedientes pendientes de resolución alcanzan ya cerca de las 300.000 solicitudes.

Otro problema que se ha generado en relación con la resolución de estos expedientes es que en muchas ocasiones se están resolviendo sin tener en cuenta el criterio de antigüedad en la presentación. Dicho problema trae causa de la forma de presentación de la solicitud, ya que aquellos que han presentado las solicitudes a través de la sede electrónica se tramitan de manera más rápida al no tener que ser digitalizados e incorporados a la aplicación informática del Ministerio de Justicia. En la página web del citado Ministerio se deja constancia de la situación y se recuerda que “Es importante resaltar que, si bien se está procurando priorizar la resolución por el criterio de presentación del expediente, la infraestructura tecnológica no permite un orden estrictamente secuencial, por lo que cabe la posibilidad de que se resuelva un expediente presentado posteriormente respecto a otro iniciado con anterioridad”.

Igualmente se ha detectado que la información contenida en la página web del Ministerio de Justicia no se actualiza de manera suficiente. Así, en algunos casos, la información refleja que el ciudadano debe aportar documentación y aunque el requerimiento administrativo se haya cumplimentado, la página puede continuar reflejando que la documentación se encuentra pendiente de aportar, lo que contribuye a la inquietud del ciudadano que no tiene la certeza de que sus documentos hayan sido incorporados a su expediente.

La supervisión de la actuación administrativa encomendada al Defensor del Pueblo por su normativa reguladora, ha quedado reflejada en los distintos informes anuales que se presentan ante las Cortes Generales. Sin embargo, el problema tiene carácter estructural y solo podrá ser resuelto mediante soluciones globales y ambiciosas. Se ha constatado en la práctica cotidiana que la intervención en supuestos individuales del Defensor del Pueblo lamentablemente no está resultando eficaz para agilizarlos, dado que la administración no facilita información suficiente sobre cada caso particular (en los no digitalizados) o la que se ofrece no es distinta de la que aparece en la página web del Ministerio (en los que sí lo están).

Por tanto, y ante la importancia del problema, que afecta a tantos ciudadanos que tienen derecho a adquirir la nacionalidad española, el Defensor del Pueblo continuará su actuación ante la Administración para conseguir soluciones eficaces que puedan resolver definitivamente este problema que afecta al desenvolvimiento de la vida de miles de ciudadanos que están pendientes de que su solicitud para adquirir la nacionalidad española se resuelva. Estas actuaciones estarán orientadas a la gestión global de los expedientes que, si mejora sustancialmente, necesariamente redundará en todos y cada uno de los casos particulares.

El Defensor del Pueblo, a través de este sitio en la web de la institución, dará cuenta periódicamente de la información oficial que reciba sobre esta materia, con particular atención a las medidas que se vayan adoptando para mejorar la gestión.

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