ESPAÑA: «Memoria del mal»: artículo de la Defensora del Pueblo en memoria del matrimonio Jiménez-Becerril

El Tribunal Europeo de Derecho Humanos dictó el pasado mes de octubre una sentencia en virtud de la cual Inés del Río, condenada como autora de veintitrés atentados terroristas debía ser puesta, de inmediato, en libertad. El Tribunal esgrimía que había cumplido la condena impuesta, de acuerdo con la legalidad según la cual había sido sentenciada, con anterioridad a la última reforma del código penal. La sentencia se aplicó también, en fechas subsiguientes, a otros muchos autores de atentados y de delitos muy graves, como violaciones y secuestros con muertes.

La sentencia ha sido muy dura para las víctimas y también para España porque el cumplimiento obligado de la misma, ha hecho que la sociedad viera la excarcelación de criminales que han causado un inmenso dolor sin arrepentimiento alguno.

Éramos muchas las personas que pensábamos que estos criminales estarían más tiempo en prisión, como consecuencia de una nueva interpretación del cómputo de las penas. La sentencia de Tribunal de Derechos Humanos recae sobre quién había formulado la demanda pero no especifica que lo sea «frente a todos». Sin embargo así ha sido, y además con toda celeridad.

Las víctimas y sus familiares son las primeras en sentirse, con todo derecho, profundamente dolidas pero también la democracia española porque es contra esta, contra quién han atentado los terroristas en las personas de sus víctimas.

El pasado mes de octubre presencié en la Audiencia Nacional el juicio a quién dirigió el comando de Andalucía (durante el cual comparecieron los tres autores del atentado) bajo cuya dirección acabaron con las vidas de Alberto Jiménez-Becerril, teniente alcalde del Ayuntamiento de Sevilla y de su mujer Ascensión García Ortiz, servidores públicos y vecinos ejemplares, hace dieciséis años. Durante el juicio pude percibir la maldad de los autores y de quién daba las órdenes, pero fue el fiscal quién con más serenidad y conocimiento que el mío calificó los hechos como «de la máxima crueldad, para causar el mayor daño posible». Fueron años en los que la consigna de la banda consistía en «poned toda vuestra fuerza en levantar a un concejal».

La reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derecho Humanos no afecta a los autores del atentado de la calle Don Remondo, de Sevilla, el treinta de enero de 1998, que deberán cumplir cuarenta años. Lo contrario hubiera aumentado, seguramente, el dolor que la ciudad revive cada año y que debe pervivir entre nosotros como la memoria del mal.

Soledad Becerril
Defensora del Pueblo

FUENTE: Defensor del Pueblo de España