El Defensor del Pueblo (e.f.), Francisco Fernández Marugán, ha formulado una recomendación a la Consejería de Justicia de la Comunidad de Madrid para que en los justificantes de asistencia a un órgano judicial no figuren datos personales de denunciantes y denunciados.
La Institución considera que la finalidad que tiene un justificante de asistencia a un determinado lugar es poder acreditar ante terceros la imposibilidad de hacerlo simultáneamente en otro sitio y justificar, por ejemplo, una ausencia del trabajo. Por este motivo, apunta que en estos escritos sólo debe constar la identificación de la persona que lo solicita, el órgano judicial ante el que ha comparecido, la fecha y la duración de la asistencia.
Fernández Marugán ha formulado esta recomendación después de recibir la queja de una madre que exponía que tras acudir a un juzgado de Madrid con su hija y otras menores pidió un justificante para el trabajo y la entregaron un escrito en el que constaban los datos personales de todos los implicados (denunciantes y denunciado).
La mujer pidió explicaciones a la Consejería de Justicia de la Comunidad de Madrid sobre la necesidad de incluir datos de carácter personal en estos justificantes y la informaron de que podía solicitar que en el suyo no se pusieran estos datos. Ante esta respuesta, la mujer se dirigió al Defensor al no entender que así se resolviera el problema ya que en el resto de justificantes de otros implicados sí constarían los datos de todas las menores denunciantes.
El Defensor del Pueblo pidió información a la citada consejería que justificó esta actuación exponiendo que de no incluir los datos que identificaran a las denunciantes se estaría afectando al derecho de defensa del investigado por privarle de conocer los hechos que se le imputan y las personas denunciantes.
La Institución no puede aceptar esta respuesta ya que cualquier investigado tiene conocimiento de los hechos que se le atribuyen desde el momento en el que se produce su detención. Por este motivo, ha formulado la recomendación de que los justificantes de asistencia a órganos judiciales se limiten a ofrecer los datos necesarios para justificar la ausencia al trabajo.