ESPAÑA: El Defensor del Pueblo no recurre la «Ley Antidesahucios» y seguirá trabajando para reforzar la protección de los deudores hipotecarios

La Institución del Defensor del Pueblo, previa reunión de la Junta de Coordinación celebrada hoy, ha decidido no interponer recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 1/2013, de 14 de mayo, tras analizar detenidamente la petición recibida de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) y Stop Desahucios.

Estas entidades deseaban que se presentara como recurso un texto cerrado preparado por ellas, a lo que se responde recordando que el Defensor del Pueblo, de acuerdo con la Ley Orgánica que lo regula, está obligado a actuar con plena libertad e independencia de criterio.

Tal y como se explica en la resolución comunicada a los interesados, este asunto ha sido sometido ya al Tribunal Constitucional, dado que parlamentarios del Grupo Socialista han presentado hoy mismo recurso contra la citada norma. La intervención de la Institución no es por tanto necesaria para asegurar la garantía de los derechos fundamentales y las libertades públicas o para salvaguardar la adecuación constitucional del ordenamiento jurídico.

Propuestas de la Institución

A juicio del Defensor del Pueblo, la Ley 1/2013 contiene elementos positivos respecto de la regulación anterior, si bien es todavía necesario establecer un procedimiento de insolvencia de las personas físicas, para facilitar pagos más flexibles y que exista una segunda oportunidad. Además, es preciso aumentar las facultades de los jueces para facilitar acuerdos entre acreedores y deudores e imponer, en su caso, una solución razonable.

En abril de 2013, la Institución presentó en el Parlamento actuaciones y propuestas para una reforma profunda en la regulación de las deudas hipotecarias. También se pidió limitar los elevados intereses de demora y los gastos de ejecución, y establecer un proceso previo de conciliación entre las partes que dote al juez de mayores facultades de decisión.

Asimismo, la Institución pidió a la Asociación Española de Banca (AEB) y la Confederación Estatal de Cajas de Ahorros (CECA) que se comprometieran a informar a los deudores hipotecarios de las nuevas posibilidades que les asisten tras la entrada en vigor de la Ley.

No obstante, en opinión del Defensor del Pueblo sigue siendo necesario reforzar más la protección de los deudores hipotecarios para impedir los efectos nocivos que se han producido.

 

FUENTE: El Defensor del Pueblo de España