El Defensor del Pueblo (e.f.), Francisco Fernández Marugán, ha formulado una recomendación al Ministerio del Interior para que se modifiquen las instrucciones conjuntas de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, la Dirección General de Política Interior y la Dirección General de Inmigración sobre tratamiento de polizones extranjeros.
Fernández Marugán considera que las citadas instrucciones, de 28 de noviembre de 2007, deben modificarse para proteger los derechos de posibles solicitantes de asilo que se encuentren en buques que estén en aguas jurisdiccionales españolas.
El Defensor considera que en ellas se debe incluir la obligación de la Subdelegación del Gobierno responsable del territorio donde se localice el barco de comunicar por escrito a la autoridad portuaria la presencia de solicitantes de asilo en el interior de buques que estén en aguas jurisdiccionales españolas. En este sentido, recuerda que se debe comunicar a la autoridad portuaria su obligación de no autorizar la salida del barco hasta que la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) se pronuncie sobre los expedientes de estas personas, ya que entre los derechos que les corresponden se incluye el de permanecer en territorio o en aguas españolas mientras se resuelve su solicitud.
Por otra parte, la Institución recomienda que también se incluya en estas instrucciones la obligación de aplicarlas a cualquier persona que esté a bordo de un buque en aguas españolas y manifieste su voluntad de pedir asilo independientemente de que tenga condición de polizón, tripulante u otras.
Por último, el Defensor pide que en las citadas instrucciones se establezca de forma expresa la obligatoriedad de entregar sin demora a los letrados copia de la documentación que les permita continuar con la asistencia jurídica de los solicitantes.
Estas recomendaciones tienen su origen en un caso denunciado ante la Institución en el que dos personas localizadas en un buque atracado en un puerto español y que habían solicitado protección internacional, abandonaron aguas españolas sin que la OAR se pronunciara sobre sus casos. Las solicitudes fueron admitidas a trámite pero no pudieron notificarse a los interesados al haber zarpado el barco sin que los solicitantes hayan podido ser localizados con posterioridad.
Fernández Marugán quiere insistir en que la normativa en materia de asilo tiene como objetivo garantizar el respeto a la vida y la integridad de los solicitantes de asilo hasta que se resuelvan sus solicitudes y se determine si necesitan protección internacional. Así, el Defensor reitera que un pilar fundamental del asilo es el principio de no devolución cuyo fin es evitar riesgos para la vida y la integridad física de las personas solicitantes.