EL SALVADOR: El Ombudsman nacional considera que las pruebas del Día del VIH amenazan derechos fundamentales del paciente

Desde 2007, en El Salvador se celebra el último viernes del mes de junio el «Día Nacional de la Prueba del VIH» cuya finalidad es incentivar a la población en riesgo a que se realice el test pertinente. Sin embargo y, a pesar de las protestas de algunas ONGs, este año Ministerio de Sanidad decidió suprimir la cita, una decisión que la Institución considera correcta dado que la prueba ha de encontrarse disponible cualquier otro día en los centros médicos y la singularidad de enmarcharla en un día concreto contradice los principios de confidencialidad, no discriminación y voluntariedad.

A continuación puede leer íntegra la exposición realizada por el Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, donde el máximo de la Institución, licenciado David Ernesto Morales Cruz, expone detalladamente los motivos de su postura. 

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En El Salvador, desde el año 2007, se ha venido realizando el último viernes del mes de junio, el día nacional de la toma de la prueba de VIH, cuyos objetivos principales era crear mayor conciencia en la población para que se realizara la prueba, y así conocer su estado de salud, pero sobre todo, perder el miedo a conocer su condición respecto al VIH.

Algunas organizaciones no gubernamentales (ONG), consideran que este día es trascendental, debido a que contribuye a la detección oportuna del VIH, además que permite que la prueba se realice en un ambiente libre de estigma y de discriminación, lo cual es favorable para las poblaciones que potencialmente son víctimas de la discriminación, como las mujeres que realizan trabajo sexual o la población LGTBI. A la vez que es una actividad que ubica el tema de la respuesta nacional del VIH en la agenda nacional, por ende, en el interés de la población salvadoreña.

Para las autoridades del Ministerio de Salud en nuestro país, la población responde al llamado que se hace para el Día Nacional de la Prueba del VIH, ya que desde su puesta en marcha en el año 2007, la población ha ido incrementando su participación anualmente.

Sin embargo, en el presente año, no se realizó la referida actividad que promueve la toma de conciencia sobre el VIH. Debido a ello, en días pasados, un grupo de ONGS, se manifestaron públicamente en medios de comunicación, para cuestionar la decisión del Ministerio de Salud, respecto a no realizar esta actividad el presente año y para señalar que con ello se configuraría un retroceso en la respuesta integral al VIH.

Ante este contexto, como Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, estimo necesario analizar la presente situación y fijar posición frente a las autoridades estatales obligadas a la respuesta integral al VIH, desde el enfoque de derechos humanos. Para ello, hago las siguientes consideraciones, sobre algunos de los aspectos que subyacen en la realización del día de la prueba antes mencionada:

1) Derecho de acceso a la salud

Es indudable que la actividad facilita el acceso a la realización de la prueba, puesto que se habilitan espacios que se encuentran en lugares estratégicos para que la población acuda sin tener que desplazarse hasta los centros de salud. Esto da lugar a la detección temprana del VIH y da paso a que las personas inicien sus controles médicos antes de entrar a la etapa avanzada del VIH.

Además, contribuye a la prevención de nuevas infecciones, debido a que el llamado a la realización de la prueba también es una invitación a reflexionar sobre las medidas que cada persona adopta para prevenir el VIH.

No obstante lo anterior, la prueba debe estar disponible en los centros de salud públicos y privados durante todo el año; por lo tanto, el referido día no debería ser la única oportunidad que tiene la población para realizarse la prueba. Por tales motivos, las autoridades que están involucradas en la respuesta al VIH deben ser consistentes en la promoción de la prueba y en la prevención del VIH a través de diversas acciones que tengan estas finalidades, que además sean efectivas y sostenibles.

2) Derecho a trato digno, sin estigma ni discriminación

El derecho a un trato digno, sin estigma ni discriminación, en el momento de la toma de la prueba, siempre debe ser respetado por el personal designado a realizar esta función, independientemente del contexto y el día en que la lleve a cabo. De tal forma que no es conveniente para la población, generarle la idea de que solo ese día puede realizarse la prueba en condiciones óptimas, porque en lugar de generar un ambiente de confianza en el sistema de salud, se envía un mensaje de incertidumbre que podría conllevar a que las personas que no deseen hacerse la prueba en ese día, tampoco acudan a los establecimientos de salud en cualquier otro día del año.

En este sentido, calificar de imprescindible un día único para motivar a que la población se realice la prueba de VIH libre de estigma y de discriminación, no sería del todo una apreciación objetiva ni beneficiosa, ya que se han tenido esfuerzos de parte del Ministerio de Salud para que la población LGTBI tenga más cercanía a los servicios de salud sin que sean discriminadas; aunque falta mucho por hacer, debido a las percepciones y conductas de algunas personas que trabajan en el sistema de salud.

En el caso de las trabajadoras del sexo y de otras poblaciones históricamente excluidas y discriminadas, también es una obligación del Estado garantizar que en cualquier día del año puedan tomarse la prueba sin ningún obstáculo. Y así, no fomentar la exclusión ni la pasividad de las instituciones ante el estigma y discriminación fuera del ambiente generado en el Día Nacional de la Prueba.

Se ha manifestado por parte de las ONGS que han expresado su cuestionamiento por la no realización de la prueba, que algunas personas se sienten motivadas a realizarse la misma, porque esta se administra en un ambiente que propicia el trato digno para determinadas poblaciones, debido a que muchas personas se la hacen a la vez, lo que hace perder la sensación de estigma y discriminación; pero es necesario, en beneficio de la población, que el referido ambiente, se fomente todos los días y en todo momento que se realiza la toma de la prueba, tanto en el ámbito público como en el privado.

3) Derecho a la confidencialidad

Según el Reglamento de la Ley de Prevención y Control de la Infección Provocada por el Virus de Inmunodeficiencia Humana, el derecho a la confidencialidad implica que el expediente, ficha o registro médico de toda persona con VIH, debe ser manejado bajo estrictas medidas de confidencialidad; que el personal médico, paramédico, técnicos, auxiliares, personal de enfermería y cualquier otro tipo de personal de hospitales, laboratorios o establecimientos de salud públicos o privados, y miembros de equipos multidisciplinarios que den asistencia domiciliaria a personas con VIH, deben abstenerse de comunicar su condición serológica a personas que no estén directamente involucradas en la atención a la persona con VIH.

En ese sentido, la confidencialidad debe resguardarse en todo el proceso del diagnóstico, es decir: antes, durante, después de la toma de la prueba, al proporcionarse el diagnóstico y en la atención médica que recibe la persona con VIH. Todo ello, en un ambiente propicio que garantice la confidencialidad.

Por tanto, no está del todo garantizada, la confidencialidad en el Día Nacional de la Prueba, debido a que se realiza por lo general, en ambientes abiertos, públicos o cercanos a comunidades, donde es factible observar quiénes se realizan la prueba, y luego se despierta el interés por los resultados. Si bien, la persona tiene el derecho de decidir a quién proporcionárselo, el ambiente en que se realiza, facilita a que, en algunos casos, sean visibles las personas que no obtuvieron un resultado favorable.

Además, la sociedad en general, no está lo suficientemente sensibilizada, ni libre de estigma y discriminación, como para asegurar que ese día respetarán la confidencialidad y los demás derechos de las personas con VIH.

Situación que por lo general no ocurre en los centros de salud en el resto de días del año, ya que cuando las personas acuden a realizarse la prueba, las demás personas de la comunidad o que están esperando su turno, desconocen qué tipo de servicios se ha llegado a solicitar, por lo que no se mantienen a la expectativa de los resultados. Esto contribuye a resguardar la confidencialidad en el ámbito social de las personas.

4) Voluntariedad

Dedicar un día para la prueba del VIH, pone en agenda nacional la temática, por lo que propicia que muchas personas accedan a realizársela de manera voluntaria, libre y sin ningún tipo de injerencia en su vida personal.

Sin embargo, al hacerse de manera masiva y al ponerse en agenda nacional, las circunstancias, en algunos casos, también pueden conllevar a que a algunas personas se sientan forzadas a realizarse la prueba por la imposición de su entorno social, tales como el trabajo, familia, amistades, centros educativos, entre otros, que directa o indirectamente les impulsen a que se la realicen y que posteriormente se interesen en conocer los resultados, con lo que se perdería la confidencialidad en el ámbito de la vida social de la persona.

Por otro lado, cuando la prueba está disponible todo el año y las personas están conscientes de ello, tienen más opciones para decidir cuándo hacérsela y dónde.

5) Derechos de las personas que son diagnosticadas con VIH

No hay registros a nivel nacional donde conste cómo se altera la vida de las personas que son diagnosticadas con el VIH durante el Día Nacional de la Prueba, para verificar si esta fue realmente voluntaria, si la persona pudo resguardar la confidencialidad de su diagnóstico con plena libertad, si fue forzada a revelar el mismo y si hubo algún perjuicio en alguno de sus derechos, tales como los laborales, la integridad física, psicológica y emocional en la familia, en sus centros de estudio o en sus comunidades.

A pesar que la detección temprana de casos de VIH es sumamente necesaria, esta debe ir acompañada de un entorno favorable; de lo contrario, se estarían realizando pruebas con una finalidad meramente epidemiológica y salubrista, pero no con enfoque de derechos humanos, con el que se prevenga la afectación de otros derechos luego del diagnóstico. Como ya se mencionó, no es del todo factible, que el Ministerio de Salud –organizador de la actividad- tenga cubiertos todos los mecanismos necesarios para garantizar la confidencialidad y la voluntariedad en los contextos antes descritos, ya que varios de ellos, escapan de su esfera de control en ese día en particular.

En este sentido, las autoridades de las instituciones que forman parte de la Comisión Nacional contra el SIDA, CONASIDA, deben fortalecer sus coordinaciones y capacitar constantemente al personal que se involucra en la toma de las pruebas, para que logren identificar cuando una persona ha sido víctima de violaciones a sus derechos, y que tengan las herramientas necesarias para orientar a las personas en la interposición de las respectivas denuncias ante las instancias competentes. Y así, activar los mecanismos legales en el momento oportuno, que permitan la protección de derechos de las personas afectadas.

Además, para prevenir el clima de estigma y discriminación, no solamente deben focalizarse los esfuerzos y recursos para un solo día, sino que debe haber un ofrecimiento y una promoción permanente de la prueba, con trabajo constante en eliminación de estigma y discriminación, para modificar los comportamientos vulneradores de derechos de la sociedad y de las entidades estatales, para que cuando la persona decida hacerse la prueba de manera libre y sin ningún tipo de motivación externa, tenga diferentes opciones de centros de salud donde avocarse, en los que se le atienda sin estigma ni discriminación, se respete todo el proceso de la toma de la prueba, con la consejería previa y al momento de entregarse el diagnóstico, y donde la persona conozca el panorama que se le puede presentar en relación a sus derechos, de forma tal, que también se le proporcione información de cómo los puede exigir.

Por tales razones, que este año, por las razones financieras invocadas por el Ministerio de Salud, no se lleve a cabo el Día Nacional de la Prueba del VIH, como Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, no considero que constituya un retroceso en las políticas gubernamentales que afecte de manera trascendental la respuesta integral al VIH; en tanto que, como se ha señalado antes, la prueba esté disponible en los centros de salud, públicos y privados, durante todo el año y que ésta reciba la debida promoción y divulgación, para la toma de conciencia de la sociedad.

No obstante, recomiendo al Ministerio de Salud y a todas las autoridades estatales concernidas en la temática, que se busque asegurar para los próximos años, los recursos financieros, que permitan continuar con el Día Nacional de la Prueba del VIH y así mantener esta fecha como un símbolo de la prevención y de la detección inmediata del VIH, en el que también se generen las condiciones para que la prueba se realice respetando los derechos humanos, bajo un ambiente de voluntariedad y confidencialidad y libre de estigma y discriminación.

Dado en San Salvador, a los veintisiete días del mes junio del año dos mil catorce>>.

 

FUENTE: Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos de El Salvador