ECUADOR: Defensoría solicita a la Corte Constitucional que se garantice el derecho a la identidad de transexual

La Defensoría del Pueblo sustentó esta mañana una acción extraordinaria de protección a favor de los derechos de un transexual masculino.

El Registro Civil cambió sus nombres en la cédula, de femenino a masculino. Sin embargo, su identidad sexual sigue siendo femenina en este documento, aspecto que vulnera su derecho a la identidad, autodeterminación personal y libre desarrollo de la personalidad.

José Luis Guerra, Coordinador Nacional de Protección Prioritaria de la Defensoría del Pueblo solicitó en audiencia al magistrado Patricio Herrera que se reconozca en sentencia los derechos de este ciudadano vulnerados y que se ordene su reparación integral.

Ante la negativa del Registro Civil para cambiar su identificación sexual en la cédula, la Defensoría del Pueblo presentó una acción de protección que recayó en el Juzgado Tercero de Tránsito de Pichincha, que el 21 de diciembre de 2011 aceptó la acción y ordenó al Registro Civil el cambio de sexo en la cédula. Sin embargo, esta decisión fue apelada por el Registro Civil y la Procuraduría General del Estado y recayó en la segunda sala de lo Laboral, de la Niñez y Adolescencia, de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, quien aceptó el pasado 13 de enero de 2012 el recurso de apelación y resolvió revocar la sentencia emitida por el Juzgado Tercero de Tránsito.

La Defensoría del Pueblo considera que la Segunda Sala de la Corte Provincial de Justicia vulneró el derecho de este ciudadano a a acceder a un recurso judicial efectivo que le permita el goce pleno de sus derechos. Y al impedir que este ciudadano pueda inscribir este cambio de sexo de femenino a masculino, la Segunda Sala vulneró sus derechos constitucionales a la no discriminación e integridad personal, que incluye la integridad física, psíquica, moral y sexual. El derecho al libre desarrollo de la personalidad, derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su sexualidad, su vida y orientación sexual.

La determinación errónea de la identificación sexual de este ecuatoriano conllevaría a que su vida se viera seriamente afectada por una afirmación alejada de la realidad, ya que el ciudadano lleva adelante un proyecto de vida con una identidad sexual masculina definida.

La Defensoría del Pueblo considera que es ilegítimo que el Estado pretenda limitar los derechos de este ciudadano bajo argumentos que evidencian claramente rasgos discriminatorios. Aún más, el Estado debe brindar las condiciones necesarias para que las personas, en materia de identidad sexual puedan alcanzar su realización de acuerdo con lo que dispone tanto la Constitución como los Convenios y Tratados Internacionales.


FUENTE: Defensoría del Pueblo de la República de Ecuador