He tenido conocimiento, a través de los medios de comunicación, de la presentación de la investigación realizada por usted con el auspicio de la Fundación para el Debido Proceso con sede en Washington, el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad con sede en Bogotá y el Instituto de Defensa Legal con sede en Lima, titulada «Independencia judicial en la reforma de la justicia ecuatoriana».
Es lamentable que habiéndolo recibido para la presentación de un estudio sobre prisión preventiva, en el que se abordaron temas generales del sistema de justicia ecuatoriano, se pretenda construir una entrevista académica para un estudio sobre independencia judicial en el Ecuador, del que se extraen tres referencias plasmadas en el papel de manera imprecisa o sacada de contexto, lo que de por sí rechazo enérgicamente, y me sorprende dados los antecedentes que le preceden y que me motivaron a recibirlo.
A continuación realizo las siguientes puntualizaciones respecto a mis declaraciones que se hacen referencia en su publicación: En la página 67 se dice: «Al ser entrevistado para este informe, el Defensor del Pueblo, Ramiro Rivadeneira, explicó las razones: Hasta 2010, el presidente no estaba bien situado en materia de seguridad; se le atacaba mediáticamente por esto. El presidente responde que el Ejecutivo está haciendo su tarea pero los jueces, no. Y anuncia: voy a meter las manos en la justicia».
En este caso se utiliza parcialmente mis declaraciones para sostener una afirmación que fue pública y expresamente realizada por el Presidente de la República, por tanto, no la desconozco, pero sí objeto que no se desarrolle el trasfondo de tal declaración, a pesar de que sobre ello también conversamos ampliamente, pretendiendo al parecer única y exclusivamente evidenciar lo señalado como una suerte de declaración flagrante de vulneración de la independencia de funciones.
Como extensamente le expliqué en la conversación, estoy convencido que todo el proceso de reforma judicial que se ha llevado adelante en los últimos años en el Ecuador no tiene precedentes y es producto precisamente del olvido en que estuvo durante décadas el sector justicia. Los cambios realizados son producto de los cuestionamientos y la demanda permanente que existía tanto de académicos o de organizaciones sociales como las que usted representa, de profesionales del Derecho y de la ciudadanía en general para que se produzca un cambio radical en el funcionamiento del sistema de justicia, una mayor inversión del Estado, crear nuevas judicaturas, mejorar y tecnificar la infraestructura, actualizar el marco normativo, etc.
En la página 68 se señala: «En el discurso oficial se insiste en la idea de que ‘el funcionamiento de las instituciones del Estado tiene que estar coordinado’, como sostuvo al ser entrevistado el Defensor del Pueblo, Ramiro Rivadeneira. Pero, según se ha observado, ‘la coordinación de las Funciones y organismos del Estado pedida por la Constitución, para llevar adelante el proceso del cambio del país, fue interpretado por el Gobierno como la necesidad de controlar todos esos poderes y organismos'». La tergiversación y la carga de su verdad es flagrante, pues solo se cita mi afirmación sin desarrollar las razones que fundamentan mi criterio sobre la necesidad de coordinación entre los órganos y funciones del Estado, y por el contrario se busca simplemente reforzar la hipótesis que pretende sostener el informe, completando mi pronunciamiento con una cita de Fernando Vega del libro «El correísmo al desnudo».
En más de una ocasión he señalado que los derechos humanos se construyen, construcción que implica el esfuerzo de las instituciones, las autoridades y la ciudadanía para el bien común. Por ello, estoy convencido de la importancia de la coordinación sin que ello limite las competencias o la independencia de los servidores públicos. Son incontables los casos de coordinación que hemos llevado adelante con la Función Judicial, por mencionar algunos: desaparición involuntaria de personas, mesas de justicia, capacitación, etc., y no tiene ningún sentido para nuestras instituciones que se pretenda que esta coordinación no es tal sino que respondería a la necesidad del Gobierno de controlar a los poderes y organismos.
La última mención que sobre el Defensor del Pueblo se realiza en el informe se encuentra en la página 71 donde se dice: «En esa dirección, una ex jueza entrevistada para este informe señaló que actualmente, ‘no es un mérito ser juez. Cualquier burócrata llega a juez’ y el Defensor del Pueblo, Ramiro Rivadeneira, admitió en la entrevista que el proceso de selección de jueces ha producido una baja calidad profesional de la judicatura». En esta inferencia de mis declaraciones se falta a la verdad. Durante la conversación se abordaron las limitaciones que existían para la selección de nuevos jueces, en primer lugar debido a la cantidad de profesionales que se requería incorporar para este proceso por el significativo incremento de nuevas plazas, y adicionalmente porque no existía formación previa específica para servidores judiciales, lo que se complementó con los esfuerzos que se realizan actualmente para fortalecer la Escuela Judicial.
Ha sido necesario realizar estas precisiones para develar que si bien el desarrollo de la investigación demuestra cierto nivel de rigurosidad técnica formal y de estilo, en algunos casos se toman citas de diversas fuentes, sin relación entre sí, para derivar conclusiones tautológicas; es decir falacias lógicas, que sin el escrutinio pertinente inducen al lector a caer en la particular visión del autor. Por todo lo antes manifestado, solicito que así como tuve la apertura para mantener la conversación por usted propuesta, se haga la fe de erratas del caso y se precise el alcance que tuvieron mis declaraciones.
Ramiro Rivadeneira Silva
Defensor del Pueblo del Ecuador
FUENTE: Defensoría del Pueblo del Ecuador