DURANGO: Municipio de Durango cumple recomendación insatisfactoriamente

La Comisión Estatal de Derechos Humanos dio a conocer, que el Presidente Municipal en el Estado,  Acepto la recomendación 18/10 pero al momento del ofrecimiento de pruebas de su cumplimiento, se observo que dichas probanzas no correspondían al motivo de la presente Recomendación en virtud de que manifestaron que se había cumplido satisfactoriamente con la Recomendación en cuestión, analizando este Organismo que fue falso, toda vez de que se observa en los tres puntos recomendados: Primero que se instruya a la Contraloría Interna Municipal, a efecto de que se inicie el procedimiento administrativo correspondiente, para determinar la responsabilidad en que incurrió, en ese momento el Presidente de la Junta Municipal de la localidad de El Pueblito, Dgo., y se les aplique la sanción que legalmente le corresponda, manifestando la autoridad que dicha sanción ya se había realizado,  pero no hubo prueba fehaciente que se anexara a este Organismo para comprobar dicho suceso, en relación al Segundo punto se requirió girar sus respetables instrucciones  a efecto de que el Presidente de la Junta Municipal de la localidad de El Pueblito, Dgo., se conduzca con mayor probidad y respeto con las personas que tengan relación con el cargo público que ejerce, cumpliendo este punto, en virtud de que el Presidente de la junta dejo su cargo, nombrándose a otra persona; Tercero, se instruya a la Contraloría Interna Municipal, a efecto de que se inicie el procedimiento administrativo correspondiente, para determinar la responsabilidad administrativa en que incurrió en ese momento el Secretario del Ayuntamiento del Municipio de Durango, por omitir dar respuesta a los requerimientos de este Organismo, y se le aplique la sanción que legalmente le corresponda, no teniendo respuesta alguna por la Autoridad Recomendada, no obstante de haber girado recordatorio para obtener el cumplimiento de la Recomendación, haciendo caso omiso de la misma, y por último se solicitó que el Presidente de la Junta Municipal de la localidad, de El Pueblito, Dgo., y el Secretario del Ayuntamiento del Municipio, acudieran a nuestras oficinas a tomar el curso especializado en la materia de Derechos Humanos, curso que es importante en virtud del papel que desempeñan en la Sociedad, por lo cual  es necesario saber los Derechos Humanos que tiene todo ser vivo.

Por  todo lo anterior, esta Comisión califico la Recomendación dirigida al Presidente Municipal del Estado como Aceptada con Cumplimiento Insatisfactorio, conforme a lo establecido en el artículo 117 fracción V, y 118  fracción II del Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, así como  lo establecido en los artículos 54  y 55 de la Ley Orgánica de la Comisión Estatal de Derechos Humanos,  en ese sentido se tiene que hacer de la opinión pública.

 

Cabe señalar que la determinación de esta Comisión de hacer pública dicha recomendación es, por el hecho de que se ha observado en estos momentos diversas violaciones a derechos humanos en cuanto al Derecho a la Seguridad Jurídica, en el área de la Administración Pública en el rubro de Actos y omisiones contrarios a la administración pública, por Faltar a la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficacia en el desempeño de las funciones, empleos, cargos o comisiones, por eso es el momento de hacer conciencia y exigir que se les aplique una sanción administrativa a los servidores públicos que  dan poca trascendencia al Instrumento Emitido por este Organismo, dejando a un lado el arduo trabajo que realizo el visitador de la Comisión  para determinar que efectivamente existió una violación a los derechos humanos,  en este caso de los habitantes del Pueblito,  de ahí la importancia de castigar aquellas autoridades que hacen omisión en el cumplimiento de una Recomendación con la finalidad de que la gente crea y confíe en este Organismo para hacer hincapié de que no se encuentran solas, que esta  es una Institución que defenderá sus derechos humanos.

En ese contexto, hay que recordar que las Recomendaciones son especificas, constituidas por las acciones que se solicitan a la autoridad para que las lleve a cabo, a efecto de reparar la violación de derechos humanos y en su caso, sancionar a los responsables, de igual modo no hay que desacreditar la labor que realiza cada Institución, pero tenemos que fortalecer de manera progresiva el respeto a un Estado de Derecho que se alcanzara cuando se obtiene el apoyo de todos los órganos que fueron elegidos para Representar a la Sociedad.

FUENTE: CDH de Durango, México.