La adecuada disposición y gestión de los residuos por las Municipalidades sigue siendo uno de los mayores retos ambientales que enfrenta nuestro país en criterio de la Defensoría de los Habitantes.
Estudios de la Defensoría muestran que pese a estar vigente, desde junio del año 2010, la Ley para la gestión integral de residuos sólidos (Ley N° 8839) aún no se logra que la totalidad de las municipalidades del país cuenten con planes para el tratamiento de la basura que permitan su recolección selectiva, clasificación, y su disposición final; tal y como lo establece dicha normativa.
Según información proporcionada por el Ministerio de Salud a la Defensoría, en el nivel local 64 cantones (72%) cuentan con el Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos (GIRS) y 47 (54%) cuentan con oficinas de gestión ambiental. Además, 19 gobiernos locales (23%) realizan alguna separación de residuos para posterior recuperación y reciclaje.
La web oficial de la Ley de Gestión Integral de Residuos destaca 10 Planes Municipales catalogados como exitosos debido a las buenas prácticas que implementan, estos cantones son: Escazú, Desamparados, Alajuelita, Vázquez de Coronado, Alajuela, Alvarado, San Rafael de Heredia, Santo Domingo de Heredia, Sarapiquí y Corredores.
Es importante señalar que la carencia del Plan de GIRS limita el accionar municipal dado que constituye el instrumento base para la fijación de las tarifas para los servicios de manejo de residuos que prestan. Asimismo, no contar con oficinas de gestión ambiental obstaculiza la debida ejecución de dicho Plan; razón por la cual para la Defensoría es indispensable asignar el personal y presupuesto necesario para que estas oficinas cumplan debidamente con sus labores.
Considera este ente defensor que tras cinco años de vigencia de la Ley, es indispensable que el Estado ejerza una supervisión activa de la gestión integral de los residuos en el país, considerando los posibles impactos de esta actividad de frente al cambio climático e incorporando un enfoque de derechos humanos en la elaboración de políticas, normas y planes de acción en relación con esta materia, a fin de evitar o reducir la afectación en el pleno disfrute del derecho a la salud.
“La inadecuada disposición y gestión de los residuos producidos por la actividad humana genera contaminación y degradación del medio ambiente, contaminando el suelo, el recurso hídrico y la atmósfera, afectando a los ecosistemas terrestres y marinos y el disfrute de los derechos humanos, particularmente los derechos a la vida, a la salud y a un ambiente sano”, manifestó la Defensora de los Habitantes, Montserrat Solano Carboni.
Adicionalmente, la Defensora mostró su preocupación por la existencia de vertederos en los que no se da una disposición final adecuada a los residuos, lo que impacta negativamente sobre el ambiente y la salud de las y los habitantes.
FUENTE: La Defensoría de los Habitantes de la República de Costa Rica